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    La ley de Enfermedad Celíaca fue reglamentada por el Gobierno Nacional

    Define la cobertura que deben brindar las obras sociales y prepagas en concepto de alimentos sin TACC y establece las adecuaciones que deberán realizar las instituciones y establecimientos para poder ofrecer un menú libre de gluten seguro.

    26 de abril 2023, 12:47hs
    La ley plantea la incorporación de la obligatoriedad de ofrecimiento de menús libres de gluten. (Foto: Adobe Stock)
    La ley plantea la incorporación de la obligatoriedad de ofrecimiento de menús libres de gluten. (Foto: Adobe Stock)

    La reglamentación de la ley de Celiaquía Nº 26.588, modificada por ley Nº 27.196, fue aprobada este miércoles. La norma plantea la incorporación de la obligatoriedad de ofrecimiento de menús libres de gluten en diferentes instituciones y establecimientos y amplía la identificación de los medicamentos, en función del contenido o ausencia de gluten.

    Según el Decreto 218/2023 publicado en el Boletín Oficial, la normativa declara de interés nacional la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad celíaca, su difusión, acceso a alimentos y medicamentos libres de gluten.

    La implementación de la ley permitirá, por un lado, ampliar esta mayor oferta de alimentos convirtiéndola en un derecho para todas las personas celíacas, pero también establecer los estándares a cumplir para garantizar que, al momento de ofrecerlos, sean seguros. Además, la reglamentación define la cobertura que deben brindar las obras sociales y prepagas en concepto de alimentos Sin TACC y establece las adecuaciones que deberán realizar las instituciones y establecimientos para poder ofrecer un menú libre de gluten seguro.

    La implementación de la ley permitirá ampliar a una mayor oferta de alimentos para las personas celíacas. (Foto: Adobe Stock)
    La implementación de la ley permitirá ampliar a una mayor oferta de alimentos para las personas celíacas. (Foto: Adobe Stock)

    Así, se establece por un lado la metodología mediante la cual se actualizará el monto de cobertura actual por parte de obras sociales y prepagas y, por otra parte, se deja establecida la periodicidad con la que se realizarán las actualizaciones subsiguientes que serán cada 6 meses. El monto de cobertura pasará de $2.672 a $7.806,73 contemplando la CBA publicada por INDEC el 20 de abril de 2023.

    Los medicamentos

    En relación a los medicamentos, todos deberán identificarse en función de su contenido o ausencia de gluten como “Libre de gluten” o “Este medicamento contiene gluten”. Este aspecto constituye una preocupación en las personas con enfermedad celíaca dado que los medicamentos pueden constituir también una posibilidad de incorporar gluten en el organismo de manera involuntaria por el desconocimiento de su composición.

    En el escrito publicado en el Boletín Oficial, se indicó además que junto con el ministerio de Salud de la Nación trabajaron para que la reglamentación sea realidad los de Educación, Desarrollo Social, Transporte y Justicia, la Superintendencia de Servicios de Salud, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM).

    Todos ellos están involucrados en la implementación con el objetivo de obtener calidad ejecutiva y mayor eficacia en el régimen de protección de los derechos de las personas con enfermedad celíaca, señalaron en el informe.

    Más información para una mejor calidad de vida

    El hecho de contar con mayor información sobre la enfermedad permitió que muchas instituciones y establecimientos ofrecieran, de manera voluntaria, opciones de menús libres de gluten y la implementación de la ley 26.588 (modificada por Ley 27.196) permitirá convertir esta mayor oferta en un derecho para todas las personas celíacas.

    Luego de la sanción de la ley en 2009, se estableció un logo oficial para identificar los envases o envoltorios de Alimentos Libres de Gluten (Resolución Conjunta N°201/2011 y N°649/2011), mientras que, a través del Programa Nacional de Detección y Control de Enfermedad Celíaca, dependiente de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Enfermedades No Transmisibles del ministerio de Salud de la Nación, se logró la incorporación al Programa Médico Obligatorio (PMO) de las herramientas para la pesquisa y diagnóstico de la enfermedad .

    Lee también Enfermedad celíaca: causas, consecuencias y formas de tratarla

    A eso se le sumó, el logro de la elaboración y publicación de una Guía de Práctica Clínica sobre Diagnóstico y Tratamiento de la Enfermedad Celíaca en el Primer Nivel de Atención y su posterior actualización a través del Documento de Consenso de Enfermedad Celíaca, la implementación de una constancia médica de EC como herramienta para acreditar la condición de paciente celíaco, instrumento necesario para la gestión de los derechos; el financiamiento de proyectos de investigación y el incremento de la capacidad para el diagnóstico a través de la provisión, por parte de dicho programa, de kits de diagnóstico serológico de EC en 100 hospitales de 21 provincias, habiéndose además acompañado este proceso de diferentes tipos de capacitaciones a más de 10.000 profesionales integrantes de equipos de salud.

    También, se implementó la cobertura en concepto de alimentos libres de gluten por parte de obras sociales y prepagas, mientras que desde el Ministerio de Desarrollo Social se brindó cobertura de esos alimentos para personas que no cuentan con cobertura médica. En tanto, desde la ANMAT se amplió y actualizó el listado oficial de Alimentos libres de gluten que, al momento de la sanción de la Ley 26.588, contaba con sólo 1.400 productos inscriptos, y actualmente tiene más de 23.000 productos.

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