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    Polémica por el uso de términos discriminadores en un decreto: el Gobierno dice que “fue un error”

    En el documento, publicado en el Boletín Oficial, se emplean palabras como “idiota”, “imbécil” y ”débil mental”. Además, establece una serie de evaluaciones de la medicina psiquiátrica que remite a un decreto que fue declarado inconstitucional.

    Carolina Villalba
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    Carolina Villalba

    27 de febrero 2025, 15:30hs
    La Agencia Nacional de Discapacidad emitió una resolución que fue cuestionada por ser discriminatoria. (Foto: La Ciudad Web)
    La Agencia Nacional de Discapacidad emitió una resolución que fue cuestionada por ser discriminatoria. (Foto: La Ciudad Web)

    El Gobierno nacional emitió, a mediados de enero, una polémica resolución firmada por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDis), en la que modificaba la evaluación para el otorgamiento de las pensiones no contributivas a personas con discapacidad, en la que incluyeron terminología considerada discriminatoria y estigmatizante.

    En el documento, la ANDis enfatizó distintos criterios médicos para evaluar los grados de discapacidad intelectual, y utilizó la descripción de “invalidez laboral” y “retardos mentales”. Además, en el anexo de la resolución se emplean palabras como “idiota”, “imbécil” y ”débil mental”.

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    Las polémicas palabras utilizadas en la normativa del gobierno. (Foto: X @JulenBollain)
    Las polémicas palabras utilizadas en la normativa del gobierno. (Foto: X @JulenBollain)

    Después del escándalo que se generó por la publicación de la normativa 187/2025, desde la Agencia Nacional de Discapacidad emitieron un comunicado en las redes sociales en el que se retractaron y aseguraron que se trató de “un error”.

    “Dicha normativa incluyó un anexo con términos que, históricamente, se han utilizado en la medicina psiquiátrica para describir grados profundos de déficit intelectual, pero que, en la actualidad, han sido discontinuados”, señalaron en X.

    “Desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”, agregaron.

    Los puntos críticos de la resolución de la Agencia de Discapacidad

    Eduardo Quiroga, abogado del programa Derechos de las Personas con Discapacidad de la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), dijo a TN que las palabras que se utilizaron, además de ser discriminatorias, “implican una violación a la Convención Internacional de las Naciones Unidas que brega por los derechos de las personas con discapacidad”.

    Para el abogado, esa forma de evaluación a los beneficiarios de asignaciones corresponde a la década del 90 y resulta un “retroceso grave” de terminología y criterios que no se utilizan desde el siglo pasado y que “desconoce los avances en el abordaje de la discapacidad”. A partir de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que Argentina firmó en 2008, los requisitos del decreto que regula las pensiones devinieron inconstitucionales.

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    En septiembre del 2024, esos requisitos se volvieron a instalar de la mano del gobierno de Javier Milei, el cual determina que las personas deben tener un 66% de “invalidez laborativa”. Esto implicó la implementación de un baremo para determinar criterios de cómo medir la discapacidad.

    Quiroga también remarcó que la Agencia de Discapacidad no solo usa léxico discriminatorio, sino que además limita el acceso al mercado laboral a aquellas personas con discapacidad que quieran tener un trabajo.

    “Se reinstaló esta idea de personas válidas o invalidas a la hora de ser incluidas en el ámbito laboral. Esto lo que ha hecho es excluir a las personas con discapacidad del mercado laboral”, opinó.

    Polémica por la resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad. (Foto: Freepik).
    Polémica por la resolución de la Agencia Nacional de Discapacidad. (Foto: Freepik).

    “Desde el enfoque actual en materia de discapacidad, no puede considerarse que hay personas válidas o inválidas para trabajar, eso es discriminación. Todas las personas pueden trabajar, y deberían contar con recursos para acceder al mercado laboral”, sostuvo. Además, la resolución ignora la situación de vulnerabilidad socioeconómica en la que viven las personas con discapacidad producto de su exclusión del ámbito laboral.

    Para colmo, hoy resulta insuficiente el monto que perciben con la pensión y muchas de ellas necesitan otro ingreso económico, ya que solo contempla el 70% de un salario mínimo vital y móvil. “Muchas veces esas personas necesitan tener un trabajo para llevar una mejor calidad de vida, porque no les alcanza la plata del beneficio”, remarcó.

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    Actualmente, la pensión ronda los 191 mil pesos por mes, sumado al bono que está otorgando el Gobierno. Es decir que los pensionados cobran 261 mil pesos. Sin embargo, existe una incompatibilidad que no le permite a los pensionados introducirse en el mercado laboral.

    Es que, partir de la decisión de la ANDis, aquellos que estén dentro del sistema de pensiones no contributivas y que tengan un empleo formal registrado podrían suspenderles el beneficio. “Los que tienen trabajo registrado están en riesgo de perder la pensión, y los que tienen trabajo no pueden acceder a ella”, detalló Quiroga.

    “El Estado te prohíbe trabajar, pero a su vez no compensa con una asignación suficiente para tener una vida digna. Entonces, las personas se ven empujadas a acceder empleos precarizados o informales para no perder el beneficio”, agregó.

    Otro de los puntos que cuestionaron desde distintas asociaciones civiles es la falta de convocatoria que tuvo la Agencia Nacional de Discapacidad a la hora de discutir políticas públicas. Respecto a la normativa 187/2025, no los llamaron a discutir los puntos que iban a incluir en dicha resolución.

    “No hubo participación alguna del colectivo en el diseño y conformación de esta política pública. La propia Convención señala que se debe garantizar la consulta y participación de la comunidad, que los puedan afectar directa o indirectamente”, informó Quiroga, quien además aseguró que desde la Asociación hubieran manifestado su oposición, ya que consideran que tuvo un “enfoque de salud antiguo”.

    Por otro lado, el gobierno viene llevando a cabo una auditoría para limitar las pensiones no contributivas y las personas con discapacidad tienen que volver a someterse a distintos estudios médicos para poder continuar con la contraprestación. Sin embargo, existe un problema de accesibilidad que les impone una barrera.

    A través de una carta documento, les informan que tienen entre dos y tres semanas para hacerse un nuevo chequeo en donde se informe qué tipo y grado de discapacidad tienen.

    “Es una auditoria que no contempla cuestiones de accesibilidad. La notificación para acudir a la agencia a la discapacidad no usa terminología específica y requeriría apoyo para interpretarla, no usa braille, no se garantiza los apoyo para trasladarse al lugar de la evaluación, se las convoca a la sede de ANDis con fechas muy próximas y muchas personas no consiguen turnos para acreditar su problema de salud. Se desconoce totalmente las barreras que esta población enfrenta”, enumeró el abogado.

    La respuesta del Gobierno: “No tuvimos ninguna intención discriminatoria”

    Las palabras usadas por la resolución generaron una ola de críticas, no solo en las redes sociales, sino en las distintas asociaciones civiles del país. Este jueves, desde la Agencia Nacional de Discapacidad emitieron un comunicado en las redes sociales, en el que se retractaron y aseguraron que se trató de “un error”.

    “El 16 de enero del corriente año, la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 187/2025. Dicha normativa incluyó un anexo con términos que, históricamente, se han utilizado en la medicina psiquiátrica para describir grados profundos de déficit intelectual, pero que, en la actualidad, han sido discontinuados”, expresaron en X.

    “Desde la ANDIS queremos aclarar que la publicación de los términos en cuestión no tuvo ninguna intención discriminatoria, sino que se trató de un error derivado del uso de conceptos pertenecientes a una terminología obsoleta”, agregaron.

    El comunicado de la Agencia Nacional de Discapacidad. (Foto: X @andiscapacidad)
    El comunicado de la Agencia Nacional de Discapacidad. (Foto: X @andiscapacidad)

    “La Resolución 187/2025 y su anexo serán modificados siguiendo los estándares médicos y normativos vigentes, con el objetivo de garantizar que la terminología utilizada esté alineada con las referencias internacionales, como la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) y el Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM-5). Es importante aclarar que esta corrección no modificará el baremo ni sus criterios de evaluación”.

    Y concluye: “La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) reafirma su compromiso con un sistema de evaluación justo, transparente y basado en criterios médicos y en un análisis integral de la situación socioeconómica, que garantice que las pensiones no contributivas por invalidez laboral sean otorgadas a quienes realmente las necesitan”.

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