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    Piden dejar sin efecto un fallo que trata como “sicarios” a los médicos que intervinieron en un aborto legal

    Los jueces Javier Anzoategui y Luis María Rizzi consideraron “perversos” a los protocolos elaborados para proceder en estos casos, que están establecidos en la ley.

    13 de octubre 2020, 16:51hs
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    Organizaciones civiles y feministas repudiaron el fallo de los jueces. (Foto: NA).
    Organizaciones civiles y feministas repudiaron el fallo de los jueces. (Foto: NA).

    El Ministerio Público Fiscal presentó un recurso de Casación contra una sentencia que ordenó investigar a los médicos, funcionarios y organismos que permitieron que se concrete la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) a una adolescente que quedó embarazada tras sufrir un abuso sexual por parte de su hermanastro. En el fallo, los jueces Javier Anzoategui y Luis María Rizzi tratan de “sicarios" y "asesinos a sueldo” a los médicos que actuaron y considera “perversos” a los protocolos elaborados para proceder en estos casos.

    El recurso fue presentado por María Luz Castany, a cargo de la Fiscalía General Nº30 ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal, y Mariela Labozzetta, titular de la Unidad Fiscal Especializada de Violencia contra las Mujeres (UFEM).


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    “La decisión cuestionada criminaliza las conductas de todas aquellas personas que hayan intervenido en la práctica realizada a una víctima de un grave delito de abuso sexual, menor de edad. Entre ellas, a la propia víctima y a su familia, a los efectores de salud, operadores y operadoras judiciales, personal de agencias interdisciplinarias del Poder Ejecutivo, entre otras”, indicaron las funcionarias judiciales según el escrito al que accedió TN.com.ar.

    Piden dejar sin efecto un fallo que trata como “sicarios” a los médicos que intervinieron en un aborto legal

    De esta forma solicitaron que la Cámara de Casación deje sin efecto lo ordenado por los jueces Javier Anzoategui y Luis María Rizzi el 24 de septiembre. Las fiscales sostuvieron que la criminalización "se formaliza aún cuando esa conducta está expresamente permitida por el artículo 86, inciso 2, del Código Penal, que establece una autorización legal para interrumpir un embarazo cuando éste sea consecuencia de una violación sexual”.

    El fallo cuestionado resuelve acerca de dos causas por las que estaba imputado un hombre de 30 años: el homicidio de otro hombre y las violaciones reiteradas a su hermanastra, desde los cinco hasta los 14 años. Como consecuencia, la adolescente quedó embarazada y se le practicó un aborto, conforme a la ley vigente, en un hospital público de la Ciudad de Buenos Aires.

    El texto que firman los magistrados del Tribunal Oral Criminal Nº8 establece, en primer término, la condena para el acusado una pena de 35 años de prisión, por “homicidio simple en concurso real con abuso sexual con acceso carnal de una menor de 13 años, mediante violencia y amenazas, y agravado por haber sido cometido por un hermano y con armas, y reiterado”.

    Sin embargo, el juez Anzoategui realizó en su voto un “excursus acerca de la muerte de una niña”, en el que no solo cuestiona la interrupción del embarazo, sino que solicita se investigue a los involucrados en el posible “homicidio u homicidio prenatal”. En sus considerandos, acusa a los médicos, “ocupados en curar la enfermedad y postergar la muerte”, de haberse convertido “en sicarios, asesinos a sueldo”.

    En ese sentido, el recurso considera que los jueces del Tribunal interpretaron la ley “de modo contrario a los compromisos internacionales asumidos por la República Argentina al suscribir tratados internacionales en materia de derechos humanos de las mujeres y niñas” y a la interpretación que le diera la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el fallo FAL".

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    Además, según remarcaron, desconoce lo establecido por el Código Penal. “Aún dando por probada la violación sexual a la niña (a tal punto de imponer una condena al acusado por ello), afirma que en el caso no se debe aplicar la autorización del artículo 86 para interrumpir un embarazo producido por esa violación”, sostiene el texto.

    Las fiscales plantearon, en este sentido, que el voto de los jueces constituye un caso “de gravedad institucional” y que “revictimiza” a la adolescente. “Pretende someter nuevamente a la niña y a quienes la acompañaron en el proceso de interrupción legal del embarazo, a un nuevo proceso judicial, pero esta vez transformando a la víctima en potencial acusada y pretendiendo criminalizar las acciones de asistencia judicial y médica que se desplegaron para asistir a esa niña”, determina el recurso.

    Por lo tanto, piden dejar sin efecto este apartado del fallo que generó cuestionamientos entre organizaciones civiles, judiciales y feministas.

    Las críticas de Gómez Alcorta

    La ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación Elizabeth Gómez Alcorta expresó su rechazo tras conocer el fallo y apuntó directamente contra los magistrados.

    “Es inadmisible que existan prácticas judiciales como las de los jueces Rizzi y Anzoátegui, que siguen avasallando los derechos de las mujeres y desconociendo los fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, sostuvo en declaraciones a Télam.

    Piden dejar sin efecto un fallo que trata como “sicarios” a los médicos que intervinieron en un aborto legal

    “Estas acciones se suman a otras, como la de la Cámara Nacional de Casación Penal en el caso Diana Sacayán y evidencian la falta de perspectiva de género en la administración de justicia de nuestro país”, agregó. “La necesidad de transformación es urgente”, instó la ministra.


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