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    La Corte tuvo coraje y valor para poner un freno

    OPINIÓN | El constitucionalista Daniel Sabsay entiende que el per saltum aceptado por máximo Tribunal, trae alivio a la arbitraria remoción de los jueces federales.

    Daniel Sabsay
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    Daniel Sabsay

    29 de septiembre 2020, 20:38hs
    La Corte tuvo coraje y valor para poner un freno

    Pocas veces en nuestra historia institucional una sentencia de nuestra Corte Suprema ha sido esperada, alentada y deseada con tanto ímpetu como la que acaba de recaer en la causa de los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli. Desde hace diez meses vivimos el derrotero de un gobierno que no ha dejado prácticamente norma constitucional por violar.

    Ha invadido con militantes y procesados los órganos de control, designado una comisión para que evalúe el funcionamiento de la Corte Suprema en abierta violación del artículo 109 de la Constitución como también lo ha hecho con la intervención judicial por decreto de necesidad y urgencia del concurso de la empresa Vicentín, ha iniciado una campaña perniciosa de desprestigio del Procurador General de la Nación destinada a lograr su destitución y la lista es larga ya que todos los días se suma un nuevo episodio. El caso de los mencionados magistrados es de una extrema gravedad institucional.

    Gran parte de los argentinos observamos absortos la persecución de que han sido objeto los jueces Bruglia, Bertuzzi y Castelli. En 2018, ante las vacantes que se habían producido en la Cámara Federal y en un tribunal federal oral, fueron trasladados por decisión del Consejo de la Magistratura con la conformidad de la Corte Suprema plasmada en sus acordadas 4 y 7. El alto tribunal consideró que dado que ya habían obtenido el acuerdo del Senado para un cargo de igual rango, jurisdicción y competencia no era necesario un nuevo pronunciamiento de la Cámara.

    Sin embargo, el Consejo de la Magistratura, con cambios en su composición, decide volver sobre sus pasos, a pesar de que desde 1995 fueron trasladados sesenta y cinco jueces federales sin el acuerdo del Senado, de los cuales veintitrés por Néstor y Cristina. No obstante ello, el Consejo eleva los pliegos de los tres magistrados para que el Senado les preste un nuevo acuerdo.

    // Per saltum

    Ello con alcance retroactivo, en violación de las garantías de inamovilidad de los jueces, del juez natural del proceso y desconociendo que lo decidido ya era cosa juzgada administrativa. El Senado, como era previsible, accede y decide no prestar el acuerdo de resultas de lo cual y previo decreto presidencial los jueces son repuestos en sus anteriores cargos. En contra de la seguridad jurídica en la actualidad todo acto del estado pueda ser revisado sin solución de continuidad.

    Estos días nos preguntábamos si la Corte tendría el coraje y el valor de poner un freno a este estado de cosas e hiciera lugar al per saltum presentado por los tres jueces. Desde el ejecutivo a modo de provocación se lanzaron todo tipo de advertencias y amenazas. Nunca desde 1983 una Corte ha sido tan mal tratada como esta en esta ocasión.

    El anuncio del fallo reveló algo fundamental para el sostenimiento de la Constitución y de las autoridades que ella ha creado, la certeza de que su último resguardo había funcionado. El Alto Tribunal consideró que debía dar una solución urgente frente a la gravísima situación institucional y que por tanto se planteaban los requisitos que permiten la utilización del instituto previsto en el artículo 257 bis del Código Procesal Civil de la Nación.

    Entonces por segunda vez hizo lugar al recurso extraordinario a través de esta vía excepcionalísima. El doctor Rosencrantz en su voto habla de “gravedad inusitada”. La inteligente decisión obra como medida cautelar pues sin pronunciarla suspende las consecuencias de los decretos presidenciales y le ordena al Consejo de la Magistratura a que se abstenga de dictar algún acto relacionado con la cuestión.

    Esperemos que este organismo entienda que debe respetar las decisiones de la Corte que es su autoridad superior en su carácter de cabeza del Poder Judicial. La sentencia confirma principios basales del Estado de Derecho; como son, la inamovilidad de los jueces, la garantía del juez natural y la independencia de la Justicia y de resultas de su observancia la seguridad jurídica que es el gran producto del Estado de Derecho.

    No dudamos que la movilización de la sociedad civil le dio bríos a la Corte y de ese modo la empoderó para que se sintiera respaldada a la hora de tomar una decisión tan trascendental para la supervivencia de nuestra República.

    Para quienes integramos Profesores Republicanos, una asociación no partidaria que persigue la defensa de la democracia y sus valores que había elaborado una proclama que fue leída por quienes se manifestaron en el día de ayer con sus antorchas, la novedad nos llena de optimismo y nos obliga a proseguir en la búsqueda de mecanismos que sirvan para que en nuestro país se de vuelta una página negra, caracterizada por un peligro proceso de desconstitucionalización.

    Daniel Sabsay, profesor titular y Director de la Carrera de Posgrado de Derecho Constitucional de la UBA

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