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    La Corte confirmó el derecho a cobrar una asignación especial como expresidente a De la Rúa

    El exmandatario, que falleció en julio, había pedido ese beneficio en 2004 luego de obtener la jubilación “ordinaria”.

    20 de diciembre 2019, 19:50hs
    Fernando De la Rúa había pedido cobrar ese beneficio en 2004. (Foto: EFE)
    Fernando De la Rúa había pedido cobrar ese beneficio en 2004. (Foto: EFE)
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    La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso presentado por el Estado Nacional contra la sentencia que reconoció al fallecido expresidente Fernando De la Rúa a cobrar una jubilación por haber desempeñado ese cargo.

    De la Rúa, que falleció el 9 de julio último a los 81 años, había pedido cobrar ese beneficio en 2004, luego de haber obtenido la jubilación "ordinaria". Un dato de color: la confirmación de la corte se da a 18 años de que el expresidente dejara su cargo, cuando aún faltaban dos años para su finalización.

    // Jubilaciones de privilegio de expresidentes, exjueces y diplomáticos seguirán con movilidad

    El derecho al cobro retroactivo de la "asignación mensual vitalicia" más los haberes arrojan una suma millonaria y forman parte de su herencia.

    La Corte confirmó el derecho a cobrar una asignación especial como expresidente a De la Rúa

    De la Rúa había decidido jubilarse en septiembre de 2002, a sus 65 años, aclarando que no resignaba lo que la entonces suspendida ley 24.018 establecía "en reconocimiento del mérito y del honor" de quienes se desempeñaron en ese cargo.

    La norma -que luego restableció durante su gestión Eduardo Duhalde-, prevé que la jubilación especial para los presidentes "será la suma que por todo concepto corresponda a la remuneración de los Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación", que en la actualidad es de más de 300 mil pesos mensuales.

    // Emergencia económica: Alberto Fernández extendió las extraordinarias para tratar las jubilaciones de privilegio

    El expresidente, que actuó como "abogado en causa propia", había tenido sentencia adversa en primera instancia, pero luego la Cámara de la Seguridad Social revocó esa resolución. Posteriormente, el Estado Nacional presentó un recurso extraordinario que fue rechazado y llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    Finalmente el máximo tribunal decidió -por mayoría- confirmar la sentencia que le da el derecho al difunto expresidente de cobrar una jubilación especial por haber ejercido ese cargo. La ley establece que "si se produjera el fallecimiento, el derecho acordado o a acordarse al titular se extenderá a la viuda o viudo, en concurrencia con los hijos e hijas solteros hasta los 18 años de edad".

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