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    La CC denunció que el Gobierno favoreció al “Sr. Tabaco” al no reglamentar un artículo de la Ley Bases

    El diputado nacional Juan Manuel López señaló que algunas empresas tabacaleras como las de Pablo Otero declaran precios inferiores a los de mercado para tributar menos. Cómo sigue la causa contra Tabacalera Sarandí.

    16 de enero 2025, 17:43hs
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    Pablo Otero, más conocido como "el Señor del Tabaco", tiene una causa judicial en su contra por evadir impuestos. (Foto: Clarín)
    Pablo Otero, más conocido como "el Señor del Tabaco", tiene una causa judicial en su contra por evadir impuestos. (Foto: Clarín)

    El diputado nacional de la Coalición Cívica, Juan Manuel López, denunció que el Gobierno favoreció a Pablo Otero, conocido como “Señor Tabaco”, al no reglamentar un artículo de la Ley Bases. El reclamo es porque la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) no aplicó el precio de referencia para evitar irregularidades en el pago de impuestos.

    “La Ley de Bases establece que los cigarrillos tributan un 73% sobre el precio de venta al consumidor. Como ese precio lo declaran las tabacaleras, para evitar la subdeclaración, incorporamos un artículo para que, cuando no sea idóneo, se aplique el precio determinado por la ARCA”, explicó López desde su cuenta de X.

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    En la misma línea, el legislador de la Coalición Cívica manifestó que “como resultado, las tabacaleras pueden reducir significativamente el impuesto a ingresar, subdeclarando los precios de venta”. Y remarcó: “Los precios de venta al consumidor que declaran algunas tabacaleras y que están publicados en la página del ARCA no resisten un simple googleo o visita a un kiosco”.

    El jefe de bloque de la Coalición Cívica en Diputados, Juan Manuel López, criticó que la falta de la reglamentación de un artículo de la Ley Bases favorece al Sr. Tabaco. (Foto: NA - Daniel Vides)
    El jefe de bloque de la Coalición Cívica en Diputados, Juan Manuel López, criticó que la falta de la reglamentación de un artículo de la Ley Bases favorece al Sr. Tabaco. (Foto: NA - Daniel Vides)

    Leé también: “El interés no es genuino”: el PRO asegura que no tiene respuesta del Gobierno sobre la mesa de trabajo

    En ese sentido, el diputado agregó: “El art. 236 de la Ley Bases estableció un plazo de 90 días para que el Ejecutivo reglamentara la norma. El plazo venció y la reglamentación no aparece”.

    “La falta de reglamentación de este artículo deviene en un claro perjuicio para las cuentas públicas, ya que permite que las empresas tabacaleras declaren valores de venta inferiores a los precios efectivos, reduciendo así la base imponible a la que se aplica el Impuesto”, afirmó López en un proyecto de resolución presentado en Diputados.

    El caso del Sr. Tabaco y cómo pudo evadir impuestos

    En mayo de 2024, la Corte Suprema revocó una serie de medidas cautelares que habían permitido al “Señor Tabaco”, evitar el pago de impuestos mínimos. El empresario, propietario de Tabacalera Sarandí, había eludido estos tributos gracias a resoluciones judiciales previas.

    Este fallo estableció que los tributos mínimos al tabaco son constitucionales y deben ser abonados “por todos los actores del mercado”, sin excepciones. Sin embargo, Otero sigue sin pagar impuestos.

    Leé también: Detectaron estampillas truchas en cigarrillos del “Señor del Tabaco” y es investigado por evasión de impuestos

    El fallo de la Corte Suprema deja sin efecto la medida cautelar que Tabacalera Sarandí había logrado en 2022 y sienta un precedente para cuando tenga que fallar sobre la cuestión de fondo.

    Sin embargo, a efectos prácticos, no cambia en nada, ya que en marzo de este año la tabacalera de Otero usó un nuevo artilugio de “ejecución de sentencia”, mediante la cual el juez de primera instancia Lavié Pico y la Cámara de Apelaciones le dieron lugar para ejecutar anticipadamente la sentencia de fondo.

    Hasta que la Corte defina la constitucionalidad o no del Impuesto Interno Mínimo (hoy fijado en $792,73, pero que a partir del 1 de junio se va a $1201,95) la sentencia de marzo le permite a la empresa seguir pagando el 70%.

    El presidente de bloque de la Coalición Cívica en Diputados, Juan Manuel López, cuestionó al Gobierno de Javier Milei. (Foto: captura X @JuanmaLopezAR)
    El presidente de bloque de la Coalición Cívica en Diputados, Juan Manuel López, cuestionó al Gobierno de Javier Milei. (Foto: captura X @JuanmaLopezAR)

    Otero había ganado una significativa participación en el mercado del tabaco mediante la venta de cigarrillos a precios muy bajos, amparado por medidas cautelares que le permitían evadir impuestos. Este crecimiento agresivo había puesto en jaque a competidores y al propio sistema fiscal.

    También está bajo la lupa de la Justicia por la supuesta falsificación de estampillas de las cajas de los atados de Red Point, marca de Otero. La Casa de la Moneda hizo una auditoría y las pericias habrían determinado que eran apócrifas, un delito tipificado en el Código Aduanero.

    La Corte subrayó que las normas establecidas por el Congreso no pueden ser suspendidas mediante medidas cautelares sin un perjuicio concreto. En el caso de Tabacalera Sarandí, no se demostró un daño significativo que justificara la suspensión del impuesto.

    El máximo tribunal tomó en cuenta las pérdidas significativas que ocasionaron al Estado. Desde 2016, se estima que los recursos fiscales perdidos ascienden a más de 2517 millones de dólares. Solo en 2023, las pérdidas alcanzaron aproximadamente 202.500 millones de pesos.

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