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    Rechazaron el pedido de eximición de prisión del exsenador Kueider en la causa por enriquecimiento ilícito

    La decisión la dispuso la jueza federal, Sandra Arroyo Salgado. También se opuso a otorgarle el beneficio a la secretaria del exsenador, Iara Guinsel Costa.

    23 de diciembre 2024, 12:01hs
    El Senado expulsó a Edgardo Kueider tras su detención en Paraguay con 200 mil dólares (Foto: Instagram)
    El Senado expulsó a Edgardo Kueider tras su detención en Paraguay con 200 mil dólares (Foto: Instagram)
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    La Justicia rechazó otorgarles la eximición de prisión al exsenador, Edgardo Kueider, y a su secretaria, Iara Guinsel Costa, en la causa por enriquecimiento ilícito. Ambos cumplen prisión domiciliaria en Paraguay, donde trataron de entrar con más de US$200 mil sin declarar, y son investigados por contrabando, en un expediente local. La magistrada no aceptó el planteo de la defensa de Kueider para que se le garantice la libertad si es extraditado a la Argentina desde Paraguay junto a su secretaria.

    Arroyo Salgado está a cargo de la causa por enriquecimiento ilícito en un expediente derivado de la causa Securitas, que involucra el pago de sobornos a organismos públicos. Uno de estos organismos es ENERSA (Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima), donde Kueider ocupó un cargo directivo.

    Leé también: Las últimas noticias del gobierno de Javier Milei

    La jueza argumentó en las resoluciones que hay “peligro de entorpecimiento” de la investigación y que si Kueider o su secretaria recuperan la libertad “podrían destruir, modificar, ocultar, suprimir o falsificar elementos de prueba de esta pesquisa”. Arroyo Salgado advirtió: “Media en autos un peligro cierto y no aparente de que, en caso de conceder la exención de prisión solicitada, Kueider y su secretaria podrían entorpecer la investigación en desarrollo”.

    Arroyo Salgado mencionó que “si bien se tiene en cuenta que (Kueider) poseería domicilio fijo en la Argentina, se observa que la valoración objetiva y provisional de las características particulares del hecho en trato hacen presumir fundadamente que -en caso de recuperar la libertad en la República del Paraguay- intentará eludir el accionar de la justicia o entorpecer la investigación”.

    La magistrada detalló en cuanto a Guinsel Costa que “desde la óptica de los riesgos procesales, el expediente atraviesa un estado embrionario y en ese orden, existen medidas de prueba pendientes de producción, tales como el análisis de toda la documentación secuestrada en los registros domiciliarios llevados adelante en el marco de los autos principales, por lo que en caso de proceder de otro modo, podrían verse frustradas; extremos que a la hora de evaluar la causal de peligro de entorpecimiento conlleva a tomar aquellas medidas necesarias para resguardar el desarrollo de la pesquisa”.

    Arroyo Salgado hizo menciones a una evaluación del Comité de Coordinación para la Prevención y Luchas contra el Lavado de Activos, la Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, que advirtió: “El área de la triple frontera es reconocida como un área de mayor riesgo para los delitos económicos graves. Los delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes y el contrabando son los más significativos, y conllevan el riesgo asociado de delitos subyacentes como el lavado de activos”. La jueza mencionó que se trata del “área geográfica donde Kueider y Guinsel Costa fueron sorprendidos cargados de esa voluminosa cantidad de dinero en efectivo”, en relación a los más de US$200.000 sin declarar.

    Arroyo Salgado explicó que ante el panorama descripto “se impone la necesidad de mantener la decisión de adoptar la medida cautelar personal más severa contemplada por el ordenamiento legal vigente; en tanto no se observa que concurran otros factores que puedan contrarrestar y/o debiliten la fuerza convictiva de las circunstancias antes consideradas”. Destacó que “la denegatoria de la petición, no se trata en modo alguno de anticipar una sanción, sino del efectivo cumplimiento de una medida cautelar que pretende resguardar el avance normal de la investigación y asegurar su respectiva presencia durante el proceso”.

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