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    La Corte Suprema falló contra el “Señor Tabaco”, pero por ahora seguirá sin pagar impuestos

    Pablo Otero, propietario de Tabacalera Sarandí, vendía cigarrillos a precios muy bajos, amparado por medidas cautelares. También lo acusan de falsificar estampillas fiscales.

    28 de mayo 2024, 16:04hs
    La Corte Suprema falló contra Pablo Otero, más conocido como “Señor Tabaco”, y deberá pagar impuestos. (Foto: gentileza Clarín)
    La Corte Suprema falló contra Pablo Otero, más conocido como “Señor Tabaco”, y deberá pagar impuestos. (Foto: gentileza Clarín)

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó una serie de medidas cautelares que habían permitido a Pablo Otero, más conocido como “Señor Tabaco”, evitar el pago de impuestos mínimos. El empresario, propietario de Tabacalera Sarandí, había eludido estos tributos gracias a resoluciones judiciales previas.

    Este fallo establece que los tributos mínimos al tabaco son constitucionales y deben ser abonados “por todos los actores del mercado”, sin excepciones. Sin embargo, por el momento, Otero seguirá sin pagar impuestos.

    Leé también: Detectaron estampillas truchas en cigarrillos del “Señor del Tabaco” y es investigado por evasión de impuestos

    Por qué el “Señor Tabaco” seguirá sin pagar impuestos

    El fallo de la Corte Suprema de este martes deja sin efecto la medida cautelar que Tabacalera Sarandí había logrado en 2022 y sienta un precedente para cuando tenga que fallar sobre la cuestión de fondo.

    Sin embargo, a efectos prácticos, no cambia en nada, ya que en marzo de este año la tabacalera de Otero usó un nuevo artilugio de “ejecución de sentencia”, mediante la cual el juez de primera instancia Lavié Pico y la Cámara de Apelaciones le dieron lugar para ejecutar anticipadamente la sentencia de fondo.

    Hasta que la Corte defina la constitucionalidad o no del Impuesto Interno Mínimo (hoy fijado en $792,73, pero que a partir del 1 de junio se va a $1201,95) la sentencia de marzo le permite a la empresa seguir pagando el 70%.

    La validez de la ejecución anticipada del fallo está siendo revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)

    Leé también: Un legislador radical denunció corrupción para favorecer al “Señor del Tabaco” en la Ley Bases

    Cómo logró el Señor Tabaco a evadir impuestos

    Pablo Otero había ganado una significativa participación en el mercado del tabaco mediante la venta de cigarrillos a precios muy bajos, amparado por medidas cautelares que le permitían evadir impuestos. Este crecimiento agresivo había puesto en jaque a competidores y al propio sistema fiscal.

    También está bajo la lupa de la Justicia por la supuesta falsificación de estampillas de las cajas de los atados de Red Point, marca de Otero. El mes pasado, la Casa de la Moneda hizo una auditoría y las pericias habrían determinado que eran apócrifas, un delito tipificado en el Código Aduanero.

    Red Point es una de las marcas que tiene a cargo la Tabacalera Sarandí. (Foto: Letra P)
    Red Point es una de las marcas que tiene a cargo la Tabacalera Sarandí. (Foto: Letra P)

    Entre sus argumentos, la Corte Suprema señaló que esta maniobra le permitió a Otero y a su empresa evadir el pago de impuestos. Específicamente, la AFIP lo había denunciado en 2019. Por eso, consideró que estos hechos, junto con la comercialización ilegal de cigarrillos de origen extranjero y la adulteración de timbres fiscales, eran parte de un esquema de corrupción.

    Además, la Corte subrayó las normas establecidas por el Congreso no pueden ser suspendidas mediante medidas cautelares sin un perjuicio concreto. En el caso de Tabacalera Sarandí, no se demostró un daño significativo que justificara la suspensión del impuesto.

    Leé también: Detectan estampillas truchas en los cigarrillos del “Señor del Tabaco” e investigan una maniobra para evadir impuestos

    También mencionó que la medida cautelar otorgada previamente generó una situación de desigualdad ante el fisco, ya que permitía a la empresa vender cigarrillos a precios mucho más bajos que sus competidores, quienes sí cumplían con la normativa tributaria. Esto no solo afectaba a las ventas de las demás compañías, sino también a la recaudación fiscal del Estado.

    La Corte tomó en cuenta las pérdidas significativas que ocasionaron al Estado. Desde 2016, se estima que los recursos fiscales perdidos ascienden a más de 2.517 millones de dólares. Solo en 2023, las pérdidas alcanzaron aproximadamente 202.500 millones de pesos.

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