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    Re-reelección de los intendentes bonaerenses: el procurador consideró que la Corte Suprema no debe intervenir

    Eduardo Casal planteó que se trata de una cuestión que “le corresponde a la justicia de la provincia de Buenos Aires”. El partido PAIS pidió declarar inconstitucional la posibilidad de mandatos de más de 12 años.

    12 de junio 2023, 15:05hs
    Los jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti durante la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso. Foto NA: JUAN VARGAS
    Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, durante la apertura de las sesiones ordinarias del Congreso. (Foto: NA)

    El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó este lunes que le corresponde a la Justicia de la provincia de Buenos Aires, y no a la Corte Suprema, decidir sobre la constitucionalidad de las re-relecciones de los intendentes bonaerense.

    Así lo definió en un dictamen de ocho páginas en el que privilegió el “respeto por las autonomías provinciales”, que dispone que sean los magistrados locales los que intervengan en estas causas.

    Leé también: La Corte Suprema determinó un aumento escalonado del 27% para los sueldos del Poder Judicial

    Casal decidió así en la controversia planteada por el presidente del Partido Política Abierta para la Integridad Social (PAIS), Oscar Alva, cuando a finales de mayo le pidió a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que suspendiera la reelección de cerca de un centenar de intendentes bonaerenses.

    Atendiendo a este pedido, la Corte Suprema le pidió al procurador Casal que diera su opinión -no vinculante- sobre los argumentos del partido PAIS, patrocinado por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez.

    El procurador general interino Eduardo Casal. (Foto: NA)
    El procurador general interino Eduardo Casal. (Foto: NA)

    En su pedido de cautelar, el dirigente y el abogado cuestionaron la constitucionalidad del artículo 4° de la ley provincial 15.315, que fija los mandatos de los intendentes municipales.

    El artículo 4 de la ley provincial 15.315, aprobada por el Senado bonaerense en diciembre de 2021, modifica el artículo 7° de la ley 14.836, de agosto de 2016, y determina que “los mandatos de intendentes, concejales, consejeros escolares, diputados y senadores que se hayan iniciado como resultado de las elecciones del año 2017 y 2019 serán considerados como primer período a los efectos de la aplicación de la presente ley”.

    Leé también: Gobernadores oficialistas cruzaron a la Corte Suprema y la acusaron de “violar la autonomía de las provincias”

    “En el caso de los mandatos que se hubieran iniciado como resultado de las elecciones del 2021, se computará como primer periodo solo en el caso de que no haya ejercido un mandato inmediato anterior”, añade el texto del artículo 4°.

    Luego de citar los argumentos jurídicos del pedido, Casal concluyó que “no resulta suficiente para suscitar la competencia originaria de la Corte” y que de ese modo el máximo tribunal disponga que se suspendan las elecciones, como pretende el amparo.

    En 2021, la Legislatura bonaerense convirtió en ley un proyecto que habilita a los intendentes a ser reelectos en 2023 (Foto: Twitter/Verónica Magario)
    En 2021, la Legislatura bonaerense convirtió en ley un proyecto que habilita a los intendentes a ser reelectos en 2023 (Foto: Twitter/Verónica Magario)

    El Procurador recordó que “en los juicios en que una provincia es parte, resulta necesario examinar la materia sobre la que éste versa, es decir, que se trate de una causa de manifiesto contenido federal o de naturaleza civil”. Con la opinión del Procurador planteada, la Corte decidirá si toma el caso y otorga o no el amparo al partido PAÍS.

    La provincia de Buenos Aires cuenta con 135 intendentes. La modificación de la ley que había sancionado y obtenido un fuerte respaldo de la por entonces gobernadora Vidal en alianza con el Frente Renovador de Sergio Massa hubiese impedido que 91 jefes comunales pudieran ir por un nuevo mandato este año.

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