En octubre de 2025, no tendrán acceso al cobro de las pensiones no contributivas (PNC) aquellas personas que:
- no cumplan con los requisitos fijados por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES);
 - permanezcan en el exterior por más de 90 días continuos;
 - hayan sido dadas de baja por irregularidades detectadas por el organismo.
 
Pensiones no contributivas ANSES: cómo verificar si cobrás en octubre de 2025
Para confirmar si vas a recibir la pensión no contributiva (PNC) en octubre de 2025, seguí estos pasos:
- Ingresá a Mi ANSES con tu número de CUIL y tu Clave de la Seguridad Social.
 - Entrá en la sección “Mis Cobros”.
 - Ahí podrás chequear si tenés pagos pendientes o si ya figura acreditado el depósito.
 
El sistema te mostrará si te corresponde percibir las pensiones no contributivas en octubre o no (Foto: ANSES).
Leé también: Pensiones no contributivas ANSES: cuánto se cobrará en octubre de 2025
Cómo reclamar el pago de las pensiones no contributivas ANSES en octubre de 2025
- Reuní la documentación: si tenés un pago atrasado de más de 60 días, lo más probable es que figure en el sistema de ANSES. Si el retraso es menor a dos meses, tenés que descargar, completar y presentar el formulario Reclamo de Haberes Impagos (PS 6.5).
 - Presentá el formulario en tu banco: entregalo en tu sucursal. Debe estar firmado por una autoridad, como gerente, contador, jefe de área, responsable de centro de pago o jefe del Correo Argentino.
 - Usá la atención virtual de ANSES: accedé con tu CUIL y tu Clave de la Seguridad Social. Seleccioná “Reclamar un beneficio suspendido o un mensual no cobrado (Activación/Repago)” para iniciar el reclamo.
 - También podés hacer el trámite presencial en una oficina de ANSES: recordá pedir turno y llevar la documentación necesaria.
 

También se puede asistir de forma presencial a una oficina de la ANSES (Foto: ANSES).
Leé también: La ANSES define el cronograma de pagos completo para octubre
Requisitos para acceder a las pensiones no contributivas de ANSES en octubre de 2025
Pensión por invalidez
- Ser argentino (de nacimiento, naturalizado o con al menos 10 años de residencia continua).
 - Tener menos de 65 años.
 - No cobrar jubilación ni pensión de otra índole.
 - En menores, el ingreso familiar no debe superar cuatro haberes mínimos.
 - En provincias como Santiago del Estero o Tierra del Fuego, se pide informe catastral.
 
Pensión para madres de siete hijos
- Ser argentina o naturalizada con un año mínimo de residencia, o extranjera con 15 años en el país.
 - No percibir jubilación, pensión, asignaciones ni contar con bienes o ingresos que aseguren el sustento.
 - Si está casada, el cónyuge puede tener jubilación, pero no otra pensión no contributiva.
 
Pensión por vejez
- Tener 70 años cumplidos.
 - Los naturalizados deben acreditar al menos 5 años de residencia continua antes del trámite.
 - Los extranjeros deben tener 40 años de residencia ininterrumpida en Argentina.
 - No contar con ingresos previsionales.
 - No estar bajo régimen de detención.
 - Solo uno de los cónyuges puede recibir esta pensión.
 



