El medio aguinaldo, o Sueldo Anual Complementario (SAC), debe pagarse a más tardar el 18 de diciembre, según la ley 27.073. De todas formas, este plazo puede extenderse hasta cuatro días hábiles, por lo que, la fecha límite este año es el 24 de diciembre.
Cómo se calcula el aguinaldo
Cada medio aguinaldo es equivalente al 50% (la mitad) de la mayor remuneración mensual por todo concepto dentro del semestre en que se liquida. Para ese cálculo, se tienen en cuenta las horas extra y se excluye todo lo “no remunerativo”.
Se calcula de la siguiente forma:
- Sobre el mejor sueldo bruto.
- Se hacen los descuentos de jubilación y obra social, entre otros.
- Así se llega a la suma “neta” o de bolsillo.
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Aguinaldo: cuánto se cobra si se empezó a trabajar en una empresa hace menos de un año
El aguinaldo se abonará de acuerdo con los meses trabajados, en el caso de los trabajadores con menos de un año de antigüedad. Existen dos fórmulas para calcularlo:
- Dividir el mejor sueldo recibido en el tiempo trabajado por 12 y multiplicar el resultado por los meses trabajados.
- Multiplicar los meses trabajados por la mitad (50%) del mejor salario mensual y luego dividir ese resultado por seis.
Qué es el SAC o aguinaldo
El aguinaldo consiste en un sueldo extra que se otorga por año y se distribuye en dos cuotas: una en junio y otra en diciembre. Por eso, se utiliza el término “medio aguinaldo” para referirse a cada uno de esos pagos.
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Quiénes cobran el aguinaldo de diciembre de 2024
Los empleados registrados en relación de dependencia de los sectores público y privado percibirán la primera cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), también conocido como aguinaldo, en el mes de diciembre.
Quiénes no cobran el aguinaldo en diciembre de 2024
Los trabajadores que no percibirán el SAC son aquellos que:
- No tengan un trabajo registrado: esto incluye a trabajadores informales.
- Sean monotributistas: no tienen relación de dependencia y, por lo tanto, no están sujetos a las leyes laborales que regulan el aguinaldo.
- Sean dueños de negocios: propietarios de empresas no se consideran empleados y, por lo tanto, no tienen aguinaldo.
- Profesionales: abogados, arquitectos, contadores, ingenieros que perciben honorarios por servicios no tienen aguinaldo.
Cómo saber si te corresponde el aguinaldo
Si sos un empleado en relación de dependencia, tenés derecho al aguinaldo. Podés verificar si tu empleador está al día con los pagos consultando tus recibos de sueldo o comunicándote con el departamento de Recursos Humanos de tu empresa.