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    Impulsan una modificación en el Código Civil para permitir la gestación por sustitución

    Entre los puntos más importantes, el proyecto presentado en Diputados estipula que no debe haber ánimo de lucro, que la gestante debe ser madre y que no puede hacerlo más de dos veces.

    15 de julio 2020, 14:19hs
    Presentaron un proyecto en Diputados para permitir la gestación por sustitución (Foto: AFP)
    Presentaron un proyecto en Diputados para permitir la gestación por sustitución (Foto: AFP)

    La diputada nacional del Frente de Todos Gabriela Estévez presentó este miércoles un proyecto para incorporar al Código Civil y Comercial -aprobado en 2015- la gestación por sustitución como técnica de reproducción asistida. Tiene como objetivo ampliar el acceso y llenar el vacío legal al que se enfrentan las familias que quieren tener bebés.

    La iniciativa busca garantizar la no discriminación a la hora de suscribirse a este procedimiento, también conocido como subrogación de vientre. En la actualidad, solo lo pueden hacer quienes tienen los recursos económicos tanto para pagarlo en el exterior como para iniciar un proceso judicial que lo autorice.

    Entre los puntos más importantes, el documento sostiene que no puede haber ánimo de lucro. En relación a la gestante, debe ser argentina o tener cinco años de residencia o más en el país, haber sido madre anteriormente y no puede aportar sus gametos ni hacerlo más de dos veces.

    Con respecto a los progenitores, deben pagarle a la gestante un seguro de vida y una compensación económica para la cobertura de gastos médicos, traslados, asesoramiento legal y psicológico.

    // La historia de una mamá soltera que gracias a un vientre solidario tuvo a su bebé en Estados Unidos

    El proyecto, que se presentó de forma virtual por la pandemia, fue redactado por la Dra. Marisa Herrera y Natalia de la Torre, y cuenta con el acompañamiento de las Diputadas Nacionales Mónica Macha, Cecilia Moreau, Cristina Álvarez Rodríguez, Jimena López, Carolina Gaillard, Marisa Uceda, Mara Brawer, Lucila Masin y Maria Liliana Schwindt.

    De aprobarse, incorporaría este procedimiento entre las Técnicas de Reproducción Humana Asistida (TRHA) que regula el Código Civil y Comercial de la Nación.

    Impulsan una modificación en el Código Civil para permitir la gestación por sustitución

    En 2015, se había barajado la opción de incluir este procedimiento en el Código, pero trajo tanta polémica que, finalmente, lo dejaron afuera. Entre los principales opositores están la Iglesia y un sector del feminismo que critica el uso del cuerpo de las mujeres como un objeto para reproducir la especie. También una parte de la sociedad plantea el miedo a que esto lleve a la explotación de las mujeres, más que nada las más vulnerables que puedan hacerlo para conseguir dinero.

    A través de Twitter, Estévez compartió un comunicado en el que explicó que con este proyecto intenta darle una mayor seguridad jurídica a las familias. Y argumentó que "la regulación es la mejor herramienta para evitar que estos procedimientos adquieran un carácter lucrativo que vulnere los derechos de las personas gestantes", en respuesta a las históricas críticas.

    Presenté un proyecto de Ley de Reforma del Código Civil y Comercial para incorporar los procedimientos de Gestación por Sustitución, cuando se cumplen #10AnosDeMatrimonioIgualitario en la Argentina.
    Abro Hilo pic.twitter.com/WmA1JRMJAX

    — Gabriela Estévez (@gabiestevezok) July 15, 2020

    Según recordó la legisladora, en la Argentina "hay 52 fallos judiciales que comprometen 47 casos que autorizan procedimientos de Gestación Solidaria". Un dato importante, es que de estos, según informó Clarín, un 76% se trataría de gestaciones de carácter altruistas, ya que quien gestó era hermana, cuñada, prima, madre, mejores amigas.

    "A 10 años del matrimonio igualitario es necesario seguir avanzando para que todas las personas puedan desarrollar su propio proyecto de vida y construir las familias que siempre soñaron en condiciones de igualdad y no discriminación", remarcó Estévez.

    Impulsan una modificación en el Código Civil para permitir la gestación por sustitución

    El proyecto modifica partes de los artículos ya existentes relacionados con las técnicas de reproducción asistida, como que la persona gestante debe prestar consentimiento previo, informado y libre y aquellos que pretenden ser los progenitores, exteriorizar la correspondiente voluntad procreacional, causa fuente de la filiación derivada de técnicas de reproducción asistida.

    Este punto modificaría el artículo 560 del Código Civil y Comercial de la Nación que expresa: "En los casos de filiación por técnicas de reproducción asistida de gestación por sustitución, la persona gestante debe prestar el consentimiento previo, informado y libre de conformidad con la ley 26.529 por someterse a una práctica médica".

    El documento también especifica que "la gestación por sustitución constituye un procedimiento de técnicas de reproducción médicamente asistida por medio del cual una persona denominada gestante, sin ánimo de lucro, lleva adelante un embarazo con el fin de que la persona nacida tenga vínculos de filiación con una persona o pareja, que serán los progenitores, con quien/es la gestante posee lazos afectivos".

    Impulsan una modificación en el Código Civil para permitir la gestación por sustitución

    A su vez, remarca: "Este procedimiento debe ser autorizado por autoridad judicial, de conformidad con las pautas que se establecen en el artículo siguiente, de lo contrario, la filiación se determina por las reglas de la filiación por naturaleza".

    Finalmente, el proyecto establece que "los nacidos por las técnicas de reproducción humana asistida son hijos de quien o quienes prestan su voluntad procreacional manifestada en el correspondiente consentimiento previo, informado y libre en los términos de los artículos 560 y 561, debidamente inscripto en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, con independencia de quien haya aportado los gametos".

    La gestación por sustitución en nuestro país no está prohibida pero obliga a las familias a transitar un camino engorroso y a enfrentarse a un vacío legal que no las acompaña. Por eso, y considerando que ya hubo 52 registros, más allá de las diferencias, es importante continuar abriendo el debate sobre el tema.

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