Este domingo 18 de mayo se celebran las elecciones legislativas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por eso, es importante saber desde cuándo rige la veda electoral, un período clave que impone restricciones para garantizar que la votación se desarrolle con normalidad y sin influencias externas. ¿A qué hora empieza y cuándo finaliza? ¿Qué está prohibido hacer? A continuación, todos los detalles.
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¿Cuándo empieza y termina la veda electoral en CABA?
La veda electoral en la Ciudad de Buenos Aires comienza el viernes 16 de mayo a las 8:00 y se extiende hasta el domingo 18 a las 21:00, es decir, tres horas después del cierre de los comicios, previsto para las 18:00.
Durante ese período, rigen una serie de prohibiciones establecidas por el Código Electoral Nacional con el objetivo de preservar la libertad del voto ciudadano y evitar cualquier tipo de presión o propaganda partidaria.
¿Qué está prohibido hacer durante la veda electoral?
Durante este período, el Código Electoral Nacional impone una serie de restricciones para evitar influencias indebidas en el voto de los ciudadanos:
- Reuniones de electores o depósito de armas en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación.
- Espectáculos populares, tanto al aire libre como en recintos cerrados, y cualquier tipo de reunión pública no relacionada con el acto electoral.
- Publicación o difusión de encuestas y proyecciones sobre los resultados de la elección.
- Entrega de boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
- Venta de bebidas alcohólicas desde 12 horas antes de la elección hasta tres horas después de finalizada.

Además, desde 48 horas antes de los comicios, está prohibido realizar actos públicos de proselitismo, así como la difusión de publicidad electoral en medios de comunicación y plataformas digitales.
Las consecuencias de violar la veda electoral
Quienes no respeten estas normativas pueden enfrentar sanciones severas. Las penas varían según el tipo de infracción:
- Venta de bebidas alcohólicas: pena de prisión de 15 días a seis meses.
- Portación de armas o exhibición de distintivos partidarios: prisión de hasta 15 días y multas de hasta 500 pesos.
- Actos de proselitismo o publicación de encuestas: multas de entre 10 mil y 100 mil pesos.
- Publicidad electoral en medios: los partidos políticos pueden perder el derecho a financiamiento público por uno a cuatro años, y las personas enfrentan multas de hasta 100 mil módulos electorales.
- Espectáculos públicos: prisión de 15 días a seis meses para el organizador.
La veda electoral es un recurso histórico de los gobiernos democráticos, diseñado para garantizar la libertad del voto y su secreto, que permite que los ciudadanos tomen decisiones informadas y libres de presiones externas.