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    Familiares de víctimas de la tragedia de Once pidieron la detención de Julio De Vido

    La presentación fue realizada por el abogado Leonardo Menghini. Reclaman que la Justicia rechace el planteo del exministro, que dice que la condena no está firme hasta que la Corte no se expida sobre el caso.

    29 de marzo 2021, 18:04hs
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    El columnista de TN explicó la presentación de las querellas (Foto: DPA)
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    Un grupo de familiares de víctimas de la tragedia ferroviaria de Once le solicitaron este lunes a la Justicia que el exministro de Planificación Federal, Julio de Vido, vaya a la cárcel por la condena a 5 años y 8 meses de prisión que recibió de parte de la Cámara Federal de Casación Penal por su responsabilidad en el hecho.

    // Horas decisivas para definir si Julio De Vido vuelve a la cárcel

    La presentación fue realizada por el abogado Leonardo Menghini, representante de un sector de los familiares, ante el Tribunal Oral Federal N°4

    “Lo pidieron ante el tribunal que lo condenó por administración fraudulenta, es decir, por los subsidios que daba el Estado y que se demostró que no se aplicaban al mejoramiento del servicio, sino que quedó en manos de los empresarios”, explicó Sergio Farella en TN.

    La semana pasada la Cámara de Casación rechazó un recurso extraordinario. Con frecuencia, cuando eso ocurría se daba por firme la condena y el imputado iba detenido. Los familiares piden que se dé por firme el fallo de la tragedia ferroviaria de Once y De Vido vaya preso.

    “Ahora resta que opine el fiscal”, continuó Farella. Entre el miércoles y la semana próxima, teniendo en cuenta el fin de semana largo, el Tribunal Oral Federal 4 definirá si De Vido vuelve a la cárcel de forma inmediata o espera a que falle la Corte Suprema de Justicia.

    El exfuncionario de Néstor y Cristina Kirchner no estuvo preso por la tragedia de Once pero sí por la causa de Río Turbio y la de los cuadernos de la corrupción.

    La explicación técnica

    En febrero de este año, entraron en vigencia seis artículos del Código Procesal Penal que establecen que una sentencia solo quedará firme y podrá ser ejecutada cuando se hayan agotado todas las instancias judiciales de revisión, esto es, cuando haya llegado a la Corte. La decisión quedó plasmada en la Resolución 1/2021 de la Comisión Bicameral de Monitoreo de Implementación del Código Procesal Penal Federal, publicada en el Boletín Oficial, para poner en marcha los artículos 366, 367, 368, 369, 370 y 375 del Código.

    // El diputado Carlos Vivero reconoció que agredió a Fernando Iglesias en medio de una discusión: “Fue un pequeño empujón”

    La reforma fue aprobada por los legisladores Anabel Fernández Sagasti, María de los Ángeles Sacnun, Roberto Mario Mirabella, María Inés Patricia Elizabeth Pilatti Vergara, Mariano Recalde, Lucas Javier Godoy, Carlos Ramiro Gutiérrez, y Marisa Lourdes Uceda y Martín Ignacio Soria, flamante ministro de Justicia.

    La firmeza que impone el artículo 375 del Código no puede transformarse en una herramienta que permita a los delincuentes detener el proceso y la ejecutoriedad de la condena por su solo deseo de futuras revisiones, con la interposición de un recurso que, si bien es su derecho interponerlo, no obligan a la Corte a expedirse, salvo en su aceptación o denegación.

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