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    Ricardo Gil Lavedra defendió la legalización del aborto y dijo que "obligar a una mujer a seguir con un embarazo no es prevenir"

    También aseguró que se mantiene una "ilegalidad simbólica" que le impide a las mujeres recurrir a una práctica segura.

    11 de julio 2018, 17:35hs
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    En la segunda ronda de consultas con especialistas sobre el proyecto de legalización del aborto en el Senado, el abogado Ricardo Gil Lavedra afirmó que la interrupción voluntaria del embarazo está despenalizada “de hecho” y que mantener la ilegalidad pone en riesgo la salud de la mujer porque le impide acceder a una práctica segura.

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    “Discutimos si la criminalización tiene algo que ver con la prevención del aborto. Obligar a una mujer contra su voluntad, bajo amenaza de prisión, a seguir un embarazo no es la manera de hacerlo”, sostuvo el exdiputado ante el plenario de las comisiones de Salud, Justicia y Asuntos Penales y Asuntos Constitucionales de la Cámara alta.

    Gil Lavedra citó un estudio de la Defensoría General de la Nación que reveló que en los últimos cinco años solo hubo dos condenas por aborto en Santa Fe, una de estas en suspenso. “La despenalización en la práctica casi está. Se mantiene una ilegalidad simbólica que le impide a la mujer recurrir al aborto seguro, eso le ocasiona un riesgo a su salud”, explicó.

    El exministro de Justicia y Derechos Humanos aseguró que el proyecto es constitucional y remarcó que la norma “no obliga ni promueve abortos”. “Es una decisión de la mujer. La mujer que tiene creencias religiosas no abortará cualquiera sea la legislación”, concluyó.

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    Se espera que, si se firma el dictamen de comisión, el pliego que cuenta con media sanción se vote en el recinto el 8 de agosto. El proyecto de aborto legal fue aprobado en la Cámara baja con 129 votos a favor, 125 en contra y una abstención. La pelea voto a voto vuelve a darse en la Cámara alta. Hasta ahora, habría una leve ventaja por el sí, aunque, como en Diputados, definen los indecisos.

    La iniciativa legaliza la interrupción voluntaria del embarazo hasta la semana 14 de gestación, bajo el solo requerimiento de la mujer. También dispone que la práctica sea gratuita y de prestación obligatoria en todos los centros de salud públicos y privados del país. Por otro lado, habilita a partir de la semana 15 el aborto en casos de violación, imposibilidad de la vida extrauterina o riesgo de salud para la madre.

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