La Corte Suprema de Justicia declaró mal concedido un recurso extraordinario presentado por el extitular de la AFIP Ricardo Echegaray contra Elisa Carrió, que derivó en un juicio civil. De esta manera, el tribunal superior respaldó a la exdiputada.
El extitular de la AFIP denunció a la líder de la Coalición Cívica por sus dichos en A dos voces, cuando lo acusó de ser "un ladrón por todos sus antecedentes".
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"Echegaray fue enviado a la aduana de Comodoro Rivadavia para garantizar la impunidad de Conarpesa", dijo en esa oportunidad la dirigente de la CC y agregó que "este hombre (por Echegaray) se enriqueció con los feed lots" y "no puede explicar sus bienes".
Echegaray requirió a la Justicia una "acción meramente declarativa". Pretendía, de esta manera, que se establezca como inexactas y falsas las declaraciones de Carrió en el programa que fue emitido el 19 de septiembre de 2012. Además, que se difundiera y publicara en diversos medios periodísticos y a su costo la sentencia. Y que todos los costos corrieran a cuenta de su adversaria política.
La Cámara Nacional del Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda debido a que no se cumplía con uno de los requisitos exigidos para la procedencia de la acción deducida (situación de incertidumbre acerca de un derecho o relación jurídica concreta), y la inmunidad de opinión era absoluta y alcanzaba también a las acciones meramente declarativas.
Contra esta decisión el actor interpuso recurso extraordinario federal que fue concedido.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, declaró mal concedido el recurso debido a que el exfuncionario kirchnerista no logró demostrar que la acción deducida constituía la única vía posible e idónea que el ordenamiento judicial ponía a disposición para atender la pretensión que invocaba.
En este sentido, sostuvo que el recurso tampoco lograba desvirtuar el fundamento del fallo relativo a la falta de acreditación de las condiciones de admisibilidad de la vía mere declarativa exigidas por la citada norma, lo que obstaba al tratamiento de los planteos de fondo argumentados por el actor e impedía que el Tribunal se pronuncie al respecto.
El juez Lorenzetti se excusó de intervenir debido a que Carrió promovió su juicio político.
El fallo completo
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