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    El Gobierno oficializó los límites a las prisiones preventivas que podría beneficiar a exfuncionarios K

    También alcanzaría a futuros acusados del macrismo. La norma está incluida dentro del nuevo Código Procesal Penal.

    19 de noviembre 2019, 09:38hs
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    En el Boletín Oficial la Resolución 2/2019, el Gobierno oficializó este martes los límites a las prisiones preventivas, como parte del nuevo Código Procesal Penal Federal. Los cambios podrían beneficiar a exfuncionarios kirchneristas, empresarios de la causa Cuadernos y a futuros acusados del macrismo.

    // Alberto Fernández: "Lo que dijo el Papa sobre las prisiones preventivas es el ABC del derecho penal"

    La resolución insta a los tribunales con competencia en materia penal de todas las jurisdicciones federales del territorio nacional a implementar los artículos 19, 21, 22, 31, 34, 54, 80, 81, 210, 221 y 222 del Código Procesal.

    El Gobierno oficializó los límites a las prisiones preventivas que podría beneficiar a exfuncionarios K

    Dentro de ese grupo, algunos de los que han llamado más la atención son el 210, 221 y 222. El primero de estos enumera nueve medidas de coerción anteriores a que se pueda dictar la prisión preventiva, que van desde la promesa del imputado de no obstaculizar la investigación hasta la vigilancia con dispositivos electrónicos.

    En tanto, el 221 precisa qué se debe tener en cuenta para definir el “peligro de fuga”. Entre otras razones, estipula que se deberá considerar el arraigo, las facilidades para abandonar el país, la naturaleza del hecho, detenciones previas y el comportamiento del imputado.

    Pero el más crucial es el 222, para las investigaciones que involucran casos de corrupción en las más altas esferas políticas y empresariales del país.

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    Este artículo trata el “peligro de entorpecimiento”. Es decir, señala que se debe tener en cuenta la existencia de indicios que justifiquen la sospecha de que el imputado "destruirá, modificará, ocultará, suprimirá o falsificará elementos de prueba; intentará asegurar el provecho del delito o la continuidad de su ejecución; hostigará o amenazará a la víctima o a testigos; influirá para que testigos o peritos informen falsamente o se comporten de manera desleal o reticente; inducirá o determinará a otros a realizar tales comportamientos, aunque no los realizaren".

    En resumen, el nuevo cuerpo procesal enfatiza la "inmediata vigencia de las normas que fijan en qué supuestos concretos la ley autoriza a presumir el peligro de fuga y/o de entorpecimiento - artículos 221 y 222-". Además, fija el catálogo de medidas de coerción a las que puede recurrirse frente a tales supuestos y "el grado de progresividad y jerarquía existente entre ellas -artículo 210-".

    Nuevo Código Penal

    Aprobado por el Congreso a fines de 2018, el nuevo Código Procesal Penal comenzó a regir en junio por etapas. El viernes entran en funcionamiento los artículos aprobados por la Bicameral de Monitoreo e Implementación del nuevo Código Procesal, con la firma de representantes del kirchnerismo, del macrismo, del peronismo y de la centroizquierda.

    // El Papa Francisco criticó el "uso arbitrario" de las prisiones preventivas

    Desde el 2016, una escalada de las prisiones preventivas comenzó a generar polémica sobre el asunto. Ese año el sistema judicial argentino alcanzó un récord histórico en el país: 74 prisiones preventivas de ex funcionarios, dirigentes políticos y empresarios. De ese número, sólo permanecen tras las rejas media docena de acusados.

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    Hasta ahora se utilizaba la llamada "doctrina Irurzun", en referencia al camarista Martín Irurzun, que confirmó la detención de Julio De Vido en la causa por corrupción en la mina de Río Turbio. La justificación de la medida quedó como fundamento para otros casos en los que la Justicia decidió enviar a prisión de forma preventiva a un imputado.

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