Carlos Zannini, procurador general del Tesoro, ordenó que le devuelvan a Amado Boudou la pensión vitalicia que le corresponde por haber sido vicepresidente pese a su condena a cinco años de prisión en el caso Ciccone.
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El funcionario dictaminó a favor de revocar una decisión administrativa de la extitular de la Oficina Anticorrupción (OA) Laura Alonso, que había frenado ese pago.
La resolución, que fue emitida el 27 de abril, determinó que "son nulas de nulidad absoluta" las consideraciones de la OA y la Anses respecto del tema, por lo que ahora la defensa del exvice puede retomar el reclamo ante la Justicia.
El caso comenzó en 2018 cuando el gobierno de Mauricio Macri apeló la decisión de la jueza federal de la seguridad social Ana María Rojas que impuso un plazo de 20 días a la Anses para que resuelva el reclamo de Boudou, que exigía cobrar la pensión que le corresponde por haber sido vicepresidente.
La apelación del Estado Nacional se realizó ante la Cámara Federal de la Seguridad Social, tal como consignó Clarín.
Boudou fue condenado en agosto de ese año, acusado de cohecho y negociaciones incompatibles con la función pública. Entonces el organismo que conducía Laura Alonso, que era querellante en el caso, le informó a la Anses que no debía pagar la pensión ya que el exvice había incurrido en delitos contra la administración pública.
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Ahora Zannini dictaminó que se debe revocar esta medida y le permite a la defensa del exministro de Economía presentar nuevamente el reclamo formal para cobrar esta pensión. Se trata de un ingreso equivalente a las dos terceras partes del sueldo de un juez de la Corte Suprema, es decir unos 400 mil pesos, más los pagos atrasados durante los últimos cuatro años.
Zannini argumentó que la ley establece que la pensión no se pagará solo si el vicepresidente fue removido por un juicio político del Congreso. Boudou está excarcelado por un polémico fallo relacionado con el coronavirus.
“El juicio político constituye un proceso constitucional específico, que se tramita con intervención de ambas Cámaras del Congreso de la Nación y se rige por las previsiones de los artículos 53, 59 y 60 de la Carta Magna”, afirmó.
A su vez, para el Procurador del Tesoro la Oficina Anticorrupción, cuando la dirigía Laura Alonso, “no sólo exorbitó su esfera competencial; también se apartó en forma palmaria, del texto de la norma aplicable”.