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    El día en que la Justicia ordenaría el decomiso contra CFK, crean un ente para los bienes de la corrupción

    La medida del Gobierno incluye la creación de un Consejo en favor del Estado que tomará decisiones respecto de activos recuperados, producto de delitos.

    13 de agosto 2025, 07:44hs
    La expresidenta Cristina Kirchner, en su discurso luego de la confirmación de la condena por la causa Vialidad. (Foto: TN - Leandro Heredia)
    La expresidenta Cristina Kirchner, en su discurso luego de la confirmación de la condena por la causa Vialidad. (Foto: TN - Leandro Heredia)
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    El Gobierno dispuso un régimen para bienes de la corrupción, en el vencimiento del plazo para que condenados por la causa Vialidad, como la expresidenta Cristina Kirchner y el dueño de Austral Construcciones, Lázaro Báez, entre otros, devuelvan los fondos para completar los 530 millones de dólares que, según el fallo, deben restituir al Estado, y en que la Justicia ordenaría el decomiso.

    Se trata del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 575/2025, publicado en el Boletín Oficial, firmado por el presidente Javier Milei y todo el gabinete. Aprueba el “régimen de conservación, administración y disposición de los bienes provenientes de actividad ilícita cautelados y recuperados en los procesos penales de competencia nacional y federal y de extinción de dominio”.

    Leé también: La Justicia rematará bienes de Austral Construcciones, la histórica empresa de Lázaro Báez que se declaró en quiebra

    El DNU crea el Consejo de Bienes Recuperados en Favor del Estado Nacional dentro del Ministerio de Justicia, “como órgano colegiado de supervisión, evaluación y toma de decisiones orientadas a la coordinación interinstitucional, la asignación de recursos y el seguimiento de los bienes cautelados y recuperados en favor del Estado Nacional”.

    El documento además crea la Agencia de Administración de Bienes del Estado como organismo descentralizado en el ámbito de la Jefatura de Gabinete. El organismo será “el Órgano Rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del Estado Nacional, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional, cuando no corresponda a otros organismos estatales”.

    El DNU aclara que quedan excluidas de este ámbito “la administración y la conservación de los bienes provenientes de actividad ilícita, cautelados y recuperados en los procesos penales de competencia nacional y federal y en los procesos de extinción de dominio previstos en el Decreto N° 62 del 21 de enero de 2019″, que estarán a cargo del Ministerio de Justicia.

    El decreto advirtió que “el crimen organizado constituye un fenómeno global que afecta la gobernanza, la seguridad pública y la estabilidad del Estado de Derecho”. Destacó que “los bienes recuperados son aquellos sobre los cuales se ha declarado de modo definitivo la privación del derecho de propiedad, de la posesión, de la tenencia, o de cualquier otro derecho real o personal en favor del Estado Nacional, por decisión del órgano judicial competente”.

    Mencionó que “el desarrollo de una gestión eficiente y transparente de reintegro a la sociedad de recursos mal habidos conlleva numerosos beneficios, en tanto afecta directamente las estructuras financieras del crimen organizado y otorga recursos para alcanzar el objetivo prioritario de reparar a las víctimas”.

    Destacó que con el nuevo régimen “se prevé la confección de un inventario público y actualizado, con trazabilidad de los bienes y sus producidos, en miras a garantizar la transparencia en todas las etapas del proceso, desde la recepción del bien hasta la distribución final de los recursos generados por su disposición por el órgano competente, con el objeto de facilitar el control ciudadano e incrementar la confianza en las instituciones estatales”.

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