La Cámara Civil apartó al juez Carlos Goggi que llevaba adelante la sucesión de Beatriz Sarlo y ordenó que su primer marido, Alberto Sato, sea incluido nuevamente como eventual heredero de la escritora.
Los jueces también solicitaron al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que se presenten en la causa por si no existen herederos directos de los bienes de Sarlo.
El magistrado Goggi había excluido a Sato de la sucesión porque se encontraba separado de hecho de Sarlo al momento de su muerte, aunque legalmente seguían unidos en matrimonio. Los camaristas consideraron que el juez “prejuzgó” la situación antes de analizar en profundidad el expediente.
Sarlo murió el 17 de diciembre de 2024 como consecuencia de un accidente cerebrovascular y había un pedido para que Alberto Sato, su exmarido, sea quien se quede con la herencia. Sin embargo, la causa dio un giro cuando el encargado del edificio donde vivía la intelectual se presentó con un supuesto testamento firmado por ella donde le cedía su departamento ubicado en el barrio porteño de Caballito.
Melanio Alberto Meza López se presentó ante la Justicia para constituirse como parte interesada en la sucesión con dos cartas supuestamente firmadas por Sarlo antes de su muerte.
En uno de los textos que el encargado presentó ante la Justicia, data de 9 de junio de 2024 y dice: “Yo, Beatriz Sarlo, quiero dejar certificada mi voluntad de que, en caso de mi desaparición u otro accidente, mi gata Nini deberá quedar a cargo de Alberto Meza. Certifico con mi firma”.
Un segundo escrito, también de puño y letra y fechado el 2 de agosto de 2024, sostiene: “Alberto Meza, quedás a cargo de mi departamento después de mi muerte y también quedás a cargo de mi gata Niní, que te aprecia tanto como te aprecio y valoro yo. Beatriz Sarlo”.

Ambos papeles aparecen firmados, según pudo saber TN a través de fuentes del caso. En adelante, la Justicia analizará si ese trazo pertenece o no a la escritora.
Asoma, por otro lado, una disputa legal en torno al alcance de esos documentos y si, en efecto, dejar a alguien “a cargo” de una propiedad equivale a cedérsela en forma definitiva.
De acuerdo a lo que indicó el perito calígrafo Pablo Pisano, las cartas tiene forma de testamento hológrafo: “Se trata de los más básicos que existen y que no requieren de un escribano público”.
Para que tengan validez, explicó el perito, tiene que tener tres elementos: la escritura manuscrita del testante, la fecha completa y la firma. “Eso se ve, pero no tenemos contra qué compararlo. Hay que obtener firmas y escrituras para equipararlo”. detalló.