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    Los fundamentos del Procurador para acusar a Cristina Kirchner y los detalles de cómo sigue la causa Vialidad

    Eduardo Casal respaldó el pedido del fiscal Mario Villar para que la Corte Suprema revise la absolución de la expresidenta. Ahora, el máximo tribunal deberá decidir si reabre el expediente o mantiene la condena.

    15 de mayo 2025, 15:10hs
    El Procurador pidió que la Corte Suprema revise la causa contra Cristina Kirchner. (Foto: Agustina Ribo/TN)
    El Procurador pidió que la Corte Suprema revise la causa contra Cristina Kirchner. (Foto: Agustina Ribo/TN)
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    Por primera vez desde que la causa Vialidad llegó a la Corte Suprema, el procurador general interino Eduardo Casal se pronunció con claridad: respaldó en todos sus términos el pedido del fiscal Mario Villar para que se revise la absolución de Cristina Kirchner por el delito de asociación ilícita.

    Según su dictamen, la Cámara de Casación Penal no respondió debidamente a los cuestionamientos del Ministerio Público y repitió los argumentos del tribunal oral que había descartado ese cargo. El paso dado por Casal habilita a la Corte a tomar una decisión clave: si confirma o no que la expresidenta lideró una organización criminal que operó desde el Estado para beneficiar con obras públicas a Lázaro Báez en Santa Cruz.

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    Aunque el dictamen del Procurador no es vinculante, en el máximo tribunal esperaban este movimiento para avanzar con el análisis del caso. En simultáneo, la Corte también deberá pronunciarse sobre la recusación presentada por la defensa de Cristina Kirchner contra el juez Ricardo Lorenzetti, a quien acusa de haber manifestado su opinión sobre el expediente antes de que llegara al tribunal.

    Lorenzetti rechazó el planteo por improcedente y pidió a sus colegas Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz que lo desestimen sin tratamiento.

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    En el centro del expediente judicial está la condena dictada en diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal N.º 2, que sentenció a la exmandataria a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ocupar cargos públicos, por el delito de administración fraudulenta.

    Esa pena fue ratificada por la Cámara Federal de Casación Penal en noviembre de 2023, pero tanto el tribunal oral como los camaristas rechazaron incorporar la figura de asociación ilícita. Villar insiste en que la condena debe alcanzar los doce años de prisión, tal como lo había solicitado junto a Diego Luciani durante el juicio oral.

    El procurador general Eduardo Casal. (Foto: NA / Damian Dopacio)
    El procurador general Eduardo Casal. (Foto: NA / Damian Dopacio)

    El argumento central de Casal es que la Casación cometió un acto de “arbitrariedad” al omitir el tratamiento de los agravios planteados por el fiscal. Señaló que la sentencia que confirmó la absolución por asociación ilícita “eludió responder las críticas que había realizado el Ministerio Público” y “solo satisfizo de manera aparente su función revisora, con lesión al derecho de defensa que asiste a la parte recurrente”.

    En su escrito, Casal recordó que la asociación ilícita es un delito autónomo, de peligro abstracto, y que se configura con la sola existencia de una organización destinada a cometer delitos múltiples, sin necesidad de que se ejecuten todos. Apuntó además que la figura del “delito continuado” —utilizada por los jueces para descartar la pluralidad de planes exigida por el artículo 210 del Código Penal— fue mal aplicada en este caso.

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    “No hay ninguna justificación para acudir a ese artificio cuando de lo que se trata aquí es de la adjudicación fraudulenta de cincuenta y un contratos de obra pública dentro de un esquema comprobado de corrupción”, argumentó.

    Casal también enfatizó que las irregularidades ocurrieron a lo largo de tres gobiernos distintos, lo que, a su criterio, desmiente la idea de un único plan y demuestra la existencia de varios, tal como exige la figura penal cuestionada. “La organización contempla planes múltiples”, escribió.

    Lo que viene en la causa Vialidad: el rol de la Corte Suprema

    Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, actuales ministros de la Corte.
    Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, actuales ministros de la Corte.

    Con este pronunciamiento, la Corte Suprema debe decidir si admite el recurso y analiza el fondo del planteo de Villar o si aplica el criterio habitual en casos con “doble conforme” —sentencia del tribunal oral y confirmación de la Cámara— y lo rechaza sin tratamiento, como ocurrió en la causa Ciccone, que terminó con la condena firme de Amado Boudou.

    Sin embargo, también existen antecedentes en los que la Corte optó por devolver los expedientes para una nueva resolución, como en el caso de Carlos Menem, donde no se había alcanzado el “doble conforme”. Esa decisión permitió que el expresidente compitiera en las elecciones legislativas de 2017. Esa alternativa, aunque menos frecuente, podría ser considerada ahora.

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    En paralelo, la recusación contra Lorenzetti se perfila como un asunto que la Corte resolverá con rapidez. Los antecedentes de jurisprudencia indican que, cuando las recusaciones no están debidamente fundamentadas o son presentadas fuera de plazo —como habría ocurrido en este caso—, los propios jueces cuestionados pueden participar en su rechazo.

    De hecho, fuentes judiciales señalaron que la defensa de Cristina Kirchner no identificó ningún inciso del artículo 55 del Código Procesal Penal que habilitara su presentación, y que los hechos que se alegan como causal ocurrieron en 2024, pero fueron denunciados recién en mayo de 2025.

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    La resolución final que adopte la Corte no será solo jurídica: tendrá consecuencias políticas de alto voltaje. Si confirma la condena por administración fraudulenta y admite el pedido de Villar de sumar la asociación ilícita, CFK quedará inhabilitada de forma permanente y podría enfrentar arresto domiciliario.

    Pero si la Corte demora o devuelve el expediente a instancias inferiores, la expresidenta quedaría habilitada para competir en las elecciones legislativas de octubre, siempre que se inscriba antes del cierre previsto para el 17 de agosto.

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