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    La UIF dejará de ser querellante en causas de corrupción: cuáles son los motivos y qué implica la medida

    Milei aseguró que la facultad otorgada al organismo se superpone con la del Ministerio Público Fiscal. Especialistas advirtieron sobre el riesgo de la falta de transparencia.

    Cindy Monzón
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    Cindy Monzón

    17 de abril 2025, 21:31hs
    Javier Milei. REUTERS/Agustin Marcarian/File Photo
    Javier Milei. REUTERS/Agustin Marcarian/File Photo

    El Gobierno dispuso este jueves que la Unidad de Información Financiera (UIF) deje de ser querellante en causas de corrupción y lavado de activos con el argumento de que se “superpone la actividad” con la del Ministerio Público Fiscal, “con el consecuente gasto de recursos humanos y económicos que conlleva y el riesgo de incurrir en contradicciones en el obrar”.

    La decisión, plasmada en el Decreto 274/2025, generó controversias por quitarle esa facultad a la UIF y los riesgos que podría representar.

    Leé también: Milei ordenó que la UIF deje de ser querellante en causas de corrupción y lavado de dinero

    “Quitarle a la UIF la facultad de querellar es desarmar uno de los pocos instrumentos con los que cuenta el Estado para llevar a los corruptos y lavadores de dinero ante la Justicia", analizó en diálogo con TN María Eugenia Talerico, extitular de la UIF durante la presidencia de Mauricio Macri.

    “Lo que Milei intenta hacer con la UIF no es una reforma técnica ni una simple reorganización administrativa. Es un paso más —quizás el más grave hasta ahora— en la consolidación de un proyecto de poder que desprecia las instituciones y pone en riesgo el Estado de derecho”, expresó. Y completó: “Es abrirles la puerta de la UIF a los servicios de inteligencia. Es permitir que el espionaje ilegal se infiltre en el corazón del sistema antilavado. Es usar la inteligencia financiera no para proteger a los ciudadanos, sino para vigilarlos, disciplinarlos o extorsionarlos”, agregó Talerico.

    Por su lado, Pedro Caminos, abogado y profesor de Derecho Constitucional, explicó a TN: “Que la UIF querelle facilita la investigación de causas complejas porque ellos tienen la información y el conocimiento especializado que permite una gestión más adecuada de esas causas. Además, en temas que involucran mucho dinero, que haya más ojos en en el juicio puede mejorar la transparencia”.

    Sin embargo, Caminos aclaró: “La UIF no tiene resguardos institucionales para ser completamente independiente del Poder Ejecutivo y eso podría lugar a decisiones arbitrarias con respecto a quién se querella y a quién no, además de que la mera posibilidad de ese manejo arbitrario podría ya de por sí mellar la confianza en el organismo”.

    “Por otra parte, para querellar tenés que tener abogados especializados en litigio y equipos de trabajo que los asistan, lo cual implica destinar parte de los recursos del organismo a ese fin”, destacó el abogado.

    Sobre la repercusión que puede tener esta medida, Caminos consideró: “Depende de la cantidad de querellas que haya promovido la UIF, la relevancia que tengan esas querellas, cuan avanzadas estén esas causas y, sobre todo, qué protagonismo tuvo la UIF en las causas y cuánto de su avance dependió de la actividad de la UIF en contraste con la de los fiscales”.

    Otro punto importante para destacar es que la medida del oficial deroga al decreto 2226/2008 que era el que había autorizado a la UIF a constituirse como parte querellante y, en los considerandos, se destaca que esa facultad de la UIF es anómala en relación con los organismos similares de otros países.

    Eso implica que la UIF debería desistir de las querellas en curso.

    Los motivos de la decisión del Gobierno

    La medida se dispuso a través del decreto 274/2025, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona. El texto menciona que “el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva y sus delitos conexos son fenómenos de criminalidad compleja que afectan la integridad del orden económico-financiero, tanto nacional como internacional”.

    El decreto advirtió que estos delitos “evolucionan constantemente, no solo en sus formas de comisión, sino también por los medios utilizados a tal fin y por los actores involucrados que en ellos participan”.

    Fuentes oficiales le dijeron a TN que pese a que a futuro la UIF no será más querellante, no se retirará de ese rol en los expedientes Hotesur, Los Sauces y Cuadernos de las Coimas. Allí tendrá una postura “pasiva”, es decir, no impulsará medidas de prueba.

    Fuentes oficiales confirmaron que la UIF no se retirará de los expedientes Hotesur, Los Sauces y Cuadernos de las Coimas. (Foto: TN)
    Fuentes oficiales confirmaron que la UIF no se retirará de los expedientes Hotesur, Los Sauces y Cuadernos de las Coimas. (Foto: TN)

    En esta nueva etapa, la UIF respetará las instancias de prueba ya solicitadas en su condición de querellante en estos expedientes que investigan a Cristina Kirchner, entre otros, aunque no impulsará nuevas medidas. “Para eso están los fiscales”, suelen repetir quienes en el Gobierno rechazan este rol del organismo. Con esta decisión, la Casa Rosada intenta alejar los fantasmas de un supuesto pacto de impunidad con el kirchnerismo.

    Leé también: El Gobierno busca evitar que Luis Caputo vaya al Congreso a dar explicaciones por el escándalo Libra

    El texto mencionó que las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) representan “un sistema completo y consistente que los países miembros deben implementar para combatir el lavado de activos, la financiación del terrorismo y el financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”.

    Por último, el gobierno subrayó la competencia de la UIF “para poner a disposición del MPF y para el ejercicio de las acciones pertinentes los elementos de convicción obtenidos en el marco de su actuación, como así también para colaborar con los órganos judiciales y ese Ministerio Público en la persecución penal de los delitos de lavado de activos y sus delitos precedentes, de financiación del terrorismo o de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, de acuerdo con las pautas que se establezcan reglamentariamente”.

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