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    Cuáles son los posibles escenarios si el Senado rechaza los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García Mansilla

    La Cámara Alta tratará el 3 de abril los nombramientos por decreto realizados por Javier Milei. El nuevo juez de la Corte adelantó su postura con un escrito enviado a Ramos Padilla. La justicia espera la definición del Congreso.

    26 de marzo 2025, 05:14hs
    El presidente Javier Milei respaldó las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla a la Corte Suprema (Foto: AP - AFP - NA).
    El presidente Javier Milei respaldó las candidaturas de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla a la Corte Suprema (Foto: AP - AFP - NA).

    El Senado de la Nación tratará el próximo 3 de abril los pliegos de Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla para integrar la Corte Suprema de Justicia de la Nación, luego del nombramiento por decreto por parte del presidente Javier Milei el pasado 25 de febrero.

    Ante el eventual rechazo, García-Mansilla adelantó en un escrito presentado el martes al juez Alejo Ramos Padilla que su cargo “goza de la garantía constitucional de inamovilidad en el cargo mientras dure su nombramiento, por lo que el único juez natural que podría eventualmente removerlo de su cargo, mediante juicio político, es el Congreso de la Nación. Un juez no puede remover a otro juez”.

    Leé también: La Justicia no definirá los nombramientos de Lijo y García-Mansilla en la Corte hasta que sesione el Senado

    Con esa postura, abrió el debate sobre qué decisión debería tomar si la Cámara Alta rechaza su pliego.

    Pedro Caminos, abogado y profesor de derecho constitucional, le dijo a TN que, ante el rechazo del Senado, “hay dos bibliotecas. Una indica que García-Mansilla, como juez designado en comisión, tiene estabilidad hasta el fin de la próxima legislatura; la otra sostiene que si el Senado no presta el acuerdo, el designado en comisión cesa en su cargo”.

    “Particularmente creo que la interpretación correcta es la segunda porque la Constitución de 1853 establecía que el presidente, durante el receso del Senado, podía nombrar a las personas para cubrir los empleos que requieran acuerdo del Senado y esa designación era definitiva. El único requisito que tenía que cumplirse era dar aviso al Senado”, pero “la persona era nombrada hasta tanto el Senado tomara una decisión al respecto”, explicó Caminos.

    Al respecto, el especialista profundizó: “En 1860, cuando se reformó la Constitución, se consideró que esta atribución del presidente era desmedida y por eso decidieron ponerle un límite: la designación sería hasta el fin de la próxima legislatura. Esto presupone entonces que estamos modificando lo que estaba en 1853″.

    “El grave problema es que tenemos poquísimos antecedentes, pero entiendo que hay buenas razones para pensar que el rechazo del Senado implica el cese”, advirtió Caminos.

    El recinto del Senado de la Nación. (Foto: prensa Senado)
    El recinto del Senado de la Nación. (Foto: prensa Senado)

    Por su parte, el abogado constitucionalista Mariano Bär sostuvo: “En términos jurídicos, un rechazo del Senado los hace cesar automáticamente en sus cargos porque ahí ya no hay inactividad senatorial, sino una actividad expresa de rechazo a las designaciones”.

    “Otra interpretación implicaría subvertir las reglas del juego, porque implicaría que una persona que es rechazada en el Senado después pueda ser puesta en comisión por el presidente apenas entre en receso. Todo el sistema de pesos y contrapesos de la República quedaría desdibujado”, alertó el constitucionalista a TN.

    Leé también: Del acuerdo con el FMI al caso Libra: el Congreso se prepara para un semana clave

    Además, si el caso se judicializa, “es algo que va a tener que decidir la justicia en sí misma y es contradictorio con el propio antecedente. Es complejo y el gran problema sería que llegue a la Corte, donde no va a ser fácil conseguir conjueces que tengan los mismos requisitos que tiene un ministro de la Corte, o sea, con acuerdo senatorial de dos tercios. Es un panorama institucional hipercomplicado y de crisis de gravedad”, dijo Bär.

    El caso de Lijo es más sencillo, ya que la Corte sostuvo que no puede mantener su doble calidad de magistrado y decidió no tomarle juramento como juez en comisión “mientras continúe desempeñándose como juez titular con acuerdo del Senado”.

    Luego del rechazo, el juez federal le envió un escrito a Ramos Padilla donde adelantó: “No voy a renunciar a mi cargo actual de Juez Federal y mi interés se centra en que el Honorable Senado de la Nación me otorgue el acuerdo correspondiente para el cual ya cuento con dictamen favorable de la Comisión de Acuerdos”, afirmó.

    De esta manera, si el Senado aprueba su pliego, Lijo renunciaría a su cargo en Comodoro Py para asumir al máximo tribunal.

    Ramos Padilla pausa la causa hasta que defina el Senado

    El juez federal a cargo de la causa en la que se reclama la inconstitucionalidad de los nombramientos en comisión de Lijo y García-Mansilla resolvió el martes que esperará hasta que sesione el Senado para decidir.

    “La proximidad de la sesión convocada por la presidenta del Senado impone postergar el tratamiento de la medida cautelar hasta el 3 de abril de 2025, en espera de los resultados y decisiones que eventualmente surjan de la sesión del Honorable Senado de la Nación”, sostiene el fallo al que tuvo acceso TN.

    El juez ponderó que la vicepresidenta Victoria Villarruel convocara a una sesión para el próximo 3 de abril. Y resaltó que la Comisión de Acuerdos del Senado realizó el procedimiento previsto para el tratamiento de los pliegos remitidos por el Poder Ejecutivo, para ocupar las dos vacantes en la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    “Encontrándose tan próxima la sesión pública especial fijada, estimo que deben evitarse decisiones judiciales apresuradas que eventualmente puedan interferir o desnaturalizar el debate y el adecuado tratamiento de los pliegos propuestos, siendo la prudencia una de las máximas virtudes que se deben exigir a aquellas personas que se desempeñan en la función judicial”, dijo Ramos Padilla en su resolución.

    Producción periodística: Cindy Monzón

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