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    García-Mansilla defendió su nombramiento y aseguró que solo podrá ser removido a través de un juicio político

    El juez Ramos Padilla, a cargo de la causa por su nombramiento en comisión, resolvió este martes que esperará hasta que sesione la Cámara Alta para decidir. Pero el nuevo integrante del máximo tribunal presentó un escrito donde aseguró que no tiene la potestad para quitarle su cargo.

    25 de marzo 2025, 20:15hs
    Manuel García-Mansilla, (Foto: captura YouTube @SenadoTVArgentina)
    Manuel García-Mansilla, (Foto: captura YouTube @SenadoTVArgentina)

    El juez Manuel García-Mansilla se presentó ante la Justicia este martes para defender su designación por decreto para integrar la Corte Suprema y afirmó que solo puede ser removido del cargo a través de juicio político.

    En el marco de la causa que busca impugnar su pliego y el de Ariel Lijo, a cargo del juez Alejo Ramos Padilla, el juez de la Corte presentó un extenso escrito donde aseguró que “el ejercicio de una atribución que la Constitución Nacional le otorga expresamente al Presidente como son los nombramientos en comisión (art. 99 inc. 11) y la posterior toma de juramento por parte de la Corte no puede ser considerada una arbitrariedad o ilegalidad manifiesta conforme lo requieren el art. 43 de la Constitución y la Ley 16.986 de Amparo”.

    Leé también: La Justicia no definirá los nombramientos de Lijo y García-Mansilla en la Corte hasta que sesione el Senado

    Para García-Mansilla, Ramos Padilla no tiene jurisdicción para intervenir en la causa ni decidir, porque su cargo “goza de la garantía constitucional de inamovilidad en el cargo mientras dure su nombramiento, por lo que el único juez natural que podría eventualmente removerlo de su cargo, mediante juicio político, es el Congreso de la Nación. Un juez no puede remover a otro juez”.

    García-Mansilla aseguró también que hay una “falta de legitimación activa de los demandantes para impugnar el nombramiento”, porque “ni el carácter de ‘ciudadano’, ni los de asociaciones que invoquen principios relacionados con el buen funcionamiento del sistema de justicia los habilitan para impugnar la supuesta ilegalidad del nombramiento porque no demuestran un interés o derecho personal afectado por la designación en comisión”.

    Alejo Ramos Padilla (Foto: NA - Mariano Sánchez).
    Alejo Ramos Padilla (Foto: NA - Mariano Sánchez).

    El escrito aseguró que los demandantes “desconocen la letra de la Constitución Nacional, la intención comunicativa expresada por los constituyentes en el texto constitucional, sus antecedentes históricos”.

    “La acción de amparo intentada en autos es inadmisible y no cumple las exigencias básicas” de la Constitución y la ley, por lo que “debe ser rechazada sin más trámite”, aseguró García-Mansilla.

    Además, profundizó el juez, “que la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación me haya tomado juramento implica que la impugnación ya no se dirige exclusivamente contra el Decreto 137/25, sino también contra el acto de la Corte Suprema por el cual se me tomó ese juramento”.

    Leé también: Ariel Lijo dijo que no renunciará al juzgado y espera la definición del Senado sobre su postulación a la Corte

    El magistrado también fundamentó su nombramiento y posterior jura en el funcionamiento de la Corte con tres miembros, como venía sucediendo. Eso, añadió García-Mansilla, “es una afirmación dogmática que desconoce la realidad y no tiene en cuenta los inconvenientes que causa el llamado a conjueces, que se hace caso por caso”.

    “En un tribunal colegiado, integrado solamente por cinco miembros, el impacto de la ausencia de uno de sus jueces es directo y evidente, no solo por la disminución en la capacidad de resolver expedientes, sino por la posible pérdida de mayorías en cuestiones de diversa índole”, agregó al respecto.

    “La Corte Suprema tiene actualmente más de 90.000 expedientes en trámite. Esos expedientes se han ido acumulando en el Tribunal en los últimos años debido a diversos factores, incluyendo el hecho de no estar completamente integrado”, concluyó el escrito.

    La causa en su contra

    La causa a cargo de Ramos Padilla fue iniciada por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS), Poder Ciudadano, el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP), y la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), además del abogado Luis Fernando Cabaleiro, donde se busca impugnar los nombramientos realizados por Milei.

    También se incluyó a la líder de la Coalición Cívica, Elisa Carrió, que había asegurado que el decreto de Milei es “inconstitucional y nulo de nulidad absoluta e insanable”.

    Ramos Padilla decidió tratarlo como un amparo colectivo. Desde entonces, el Gobierno presentó múltiples recursos para frenar el proceso, incluyendo un pedido para recusar al magistrado, que fue rechazado por la jueza Cecilia de Negre, por lo que seguirá al frente de la causa.

    Un escenario similar ocurrió en 2016 cuando le tocó a Ramos Padilla intervenir en la causa contra los nombramientos por decreto de Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz, y ordenó a la Corte no tomarle juramento.

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