El Gobierno asegura que la eliminación de la figura del femicidio no dejará en libertad a los condenados con ese agravante, ni les permitirá pedir el principio de ley más benigna. “No será un beneficio para los detenidos”, indicó a TN una fuente al tanto del proyecto.
El femicidio comenzó a estar en debate nuevamente tras la decisión del oficialismo de comenzar una batalla contra la ideología de género. “Si uno mata a una mujer se llama femicidio, y eso conlleva una pena más grande que si uno mata a un hombre, solo por el sexo de la víctima. Legalizan de hecho que la vida de una mujer vale más que la de un hombre”, dijo Javier Milei durante su discurso en el Foro Económico de Davos.
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Según pudo saber este medio, el Ejecutivo sigue trabajando en la derogación del femicidio y pule detalles para evitar que la medida se le vuelva en contra o permita creer que los presos tendrán privilegios como libertad condicional o reducción de condena. Esto último podría pasar, para algunos especialistas, tras el levantamiento del agravante que determina la cadena perpetua.
La iniciativa está siendo trabajada por los equipos técnicos de la Casa Rosada y del Ministerio de Justicia, que también prevén un proyecto de ley que piense a la familia con interés legítimo, en reemplazo del femicidio. Hace tiempo existió un borrador con ese objetivo, que luego se estancó, pudo confirmar este medio. De esta manera, la administración libertaria quitaría aquellas normativas que benefician solo a un género o minoría.
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“Si me matan y también te matan a vos, me gustaría que el trato sea igual. Creo que estamos trabajando para que todos los argentinos seamos iguales y se nos trate igual frente a la ley. No va a sacarle absolutamente ningún derecho a ninguna mujer, todo lo contrario”, explicó Manuel Adorni en conferencia de prensa, al explicar la visión oficialista. Y agregó: “Si una vida del género femenino se pierde, tiene el mismo valor que una vida que se pierde del género masculino”.
Los detalles del femicidio y la parte técnica que el Gobierno todavía no definió
El 14 de noviembre de 2012, el Congreso aprobó la Ley 26.791 que modificó el artículo 80° del Código Penal de la Nación, para no permitir la reducción de penas en determinadas situaciones.
El documento agregó tres incisos: el 1°, el 4° y el 11°. Los dos primeros mantienen una terminología neutra en términos de género, es decir, que es irrelevante para su aplicación determinar si el autor del homicidio o la víctima son un hombre o una mujer.
El inciso 11° está relacionado directamente con la violencia por cuestiones de género: “Se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua, pudiendo aplicarse lo dispuesto en el artículo 52, al que matare a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.
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Este último fragmento marcó una formulación diferenciada entre los géneros. Es un delito que solo puede cometer un varón contra una mujer.
“Es un agravante puro contra el género masculino”, cuestionan desde el Gobierno.
Todavía hay incertidumbre sobre qué inciso de la Ley 26.791 eliminará el proyecto libertario, o si será derogada en su totalidad.
Según abogados consultados por TN, una de las opciones legales sería incorporar modificaciones al inciso 11°, sumando la figura del hombre como víctima. Otra posibilidad es que el Ejecutivo se decida eliminar de raíz ese apartado, entendiendo que los casos de violencia de género pueden ser agravados con el inciso 4°. Este último dice que se someterá a prisión perpetua al que mate “por placer, codicia, odio racial, religioso, de género, o a la orientación sexual, identidad de género o su expresión”.
La duda sería, entonces, cómo determinaría la Justicia el agravante por odio de género. TN le consultó a fuentes oficiales este dilema. “Se está analizando”, fue la respuesta.