El Gobierno decretó la emergencia pública en materia ferroviaria por dos años, en medio de la aprobación de la Ley Bases en el Senado. A través del DNU 525, publicado este jueves en el Boletín Oficial y con el objetivo de “resguardar la seguridad operativa de la prestación del servicio de transporte ferroviario de cargas y pasajeros”, las empresas del sector deberán presentar un plan de readecuación y priorización de obras.
“Declárase la emergencia pública en materia ferroviaria para los servicios de transporte de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional por el plazo de veinticuatro (24) meses”, indica uno de los considerandos del decreto. A su vez, el Ejecutivo determinó que el presupuesto destinado al sector sea utilizado para el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y la administración de los servicios ofrecidos.
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La emergencia abarca a los servicios prestados por empresa públicas como aquellos gestionados por entidades privadas. Desde el Gobierno se comprometieron a asignar un presupuesto adicional de $1.293.780.000.000 que será utilizado para las tareas de fortalecimiento del sistema ferroviario, mientras que $350.000 millones deberán imputarse en el presupuesto 2024. No obstante, la suma solo podrá ser utilizada para los proyectos que hayan sido aprobados.
En tanto, el Ejecutivo podrá prorrogar la emergencia por única vez por otro período de hasta 24 meses. Las entidades del sector ferroviario deberán presentar un plan de acción dentro de un plazo de 15 días. Estas son: Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado, la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado, la Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, Belgrano Cargas y Logística Sociedad Anónima y Desarrollo del Capital Humano Ferroviario Sociedad Anónima con participación estatal mayoritaria.
Todas las entidades deben elevar una propuesta de “medidas indispensables y urgentes” ante el Gobierno para “mejorar la seguridad operativa del servicio ferroviario”. El plan de acción debe incluir “solicitudes de readecuación presupuestaria” y un esquema de “priorización de obras, trabajos, capacitaciones y contrataciones”. Además, deberán detallar “una breve descripción de cada medida, el plazo de ejecución, estimaciones presupuestarias, factibilidad de fuentes de financiamiento, condiciones de mantenimiento y seguridad”.
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Por otro lado, se autorizó a la Secretaría de Transporte y a las empresas ferroviarias a dar de baja las contrataciones de tercerizados que no se adecuen al plan de acción. A su vez, las entidades tendrán la facultad de atraer inversiones, fomentar la participación de terceros y firmar los contratos necesarios para formalizar las colaboraciones en materia operativa y en la gestión de infraestructura.