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    La Corte anuló la absolución de Cristóbal López y Fabián De Sousa en una causa por evasión fiscal

    La decisión implica que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de CABA deberá reexaminar el caso y emitir un nuevo fallo. La resolución dejada sin efecto había beneficiado a los empresarios y condenado solo a Ricardo Echegaray, exjefe de la AFIP.

    28 de mayo 2024, 17:35hs
    La Justicia anuló el fallo que absolvió a Cristóbal López y Fabián De Sousa en una causa por evasión fiscal. (Foto: Ambito)
    La Justicia anuló el fallo que absolvió a Cristóbal López y Fabián De Sousa en una causa por evasión fiscal. (Foto: Ambito)
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    La Corte Suprema de Justicia anuló este martes, por unanimidad, las absoluciones de Cristóbal López y Fabián de Sousa en una causa de evasión fiscal multimillonaria de Oil Combustibles. La decisión implica que el caso deberá ser reexaminado y deberán emitir un nuevo fallo.

    Los empresarios, propietarios del Grupo Indalo, están acusados de la retención indebida de aproximadamente 8000 millones de pesos correspondientes al Impuesto a los Combustibles Líquidos (ICL). La acusación sostenía que estos fondos, en lugar de ser remitidos a la AFIP, fueron utilizados para financiar y capitalizar su grupo económico.

    Leé también: La Corte Suprema falló contra el “Señor Tabaco”: tendrá que pagar los impuestos que había evadido

    López y De Sousa fueron inicialmente absueltos en diciembre de 2021 por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de la Ciudad de Buenos Aires. La absolución fue dictada con el voto mayoritario de los jueces Fernando Machado Pelloni y Javier Ríos, quienes no encontraron pruebas suficientes para condenar a los empresarios.

    Sin embargo, en ese mismo proceso, el extitular de la AFIP, Ricardo Echegaray, fue condenado a cuatro años y ocho meses de prisión por administración fraudulenta agravada, ya que se comprobó que le otorgó planes de pago en 97 cuotas y con una tasa menor que la inflación para que cancelen el millonario monto que debían por impuestos de combustibles.

    El ex titular de la AFIP fue condenado a prisión. (Foto: Clarín)
    El ex titular de la AFIP fue condenado a prisión. (Foto: Clarín)

    En octubre de 2023, la Cámara de Casación ratificó la absolución de López y De Sousa, aunque reconoció que habían obtenido beneficios ilegítimos a través de autorizaciones concedidas por Echegaray, las cuales perjudicaron al Estado Nacional.

    En su decisión, los jueces de la Cámara, Diego Barroetaveña y Daniel Petrone, aplicaron el beneficio de la duda, afirmando que las pruebas eran indicativas, pero no concluyentes para una condena.

    La intervención de la Corte Suprema

    El fiscal Mario Villar presentó un recurso extraordinario contra la decisión de la Cámara de Casación, que inicialmente no fue concedido. Sin embargo, la fiscalía emitió un recurso de queja directo ante la Corte Suprema, que decidió tomar el caso.

    Este martes, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti firmaron la sentencia unánime que deja sin efecto las absoluciones de López y De Sousa, propietarios del Grupo Indalo.

    Leé también: El precio de la nafta y gasoil aumentan en junio por una nueva actualización de impuestos: los nuevos valores

    La Corte Suprema apoyó su decisión en el dictamen del procurador general interino, Eduardo Casal, quien argumentó que el tribunal inferior valoró de manera aislada las acciones de los empresarios.

    El procurador general interino, Eduardo Casal. (Foto: NA)
    El procurador general interino, Eduardo Casal. (Foto: NA)

    Casal subrayó que el financiamiento del grupo económico a través del diferimiento del pago de impuestos era central en la estrategia financiera de los acusados. Según el procurador, los múltiples indicios y el contexto global de las acciones de los empresarios probaban la acusación de manera suficiente.

    La decisión de la Corte Suprema implica que el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°3 de la Capital Federal deberá emitir un nuevo fallo. Este nuevo proceso judicial revisará las pruebas y los argumentos presentados anteriormente, en un contexto donde la máxima instancia judicial enfatizó en la necesidad de una valoración más integral de las pruebas y los indicios presentados por la fiscalía.

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