En Argentina el voto en las elecciones generales es obligatorio. Sin embargo, mucha gente no asiste a las urnas y no sabe que esto conlleva una consecuencia: una multa.
En este contexto cabe mencionar que este domingo 22 de octubre se definirán a las nuevas autoridades que gobernarán el país durante los próximos cuatro años.
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Elecciones 2023: ¿cuál es la multa por no votar?
La Cámara Nacional Electoral establece multas para aquellos que no voten y no justifiquen su ausencia. Las multas varían según las infracciones previas:
- Sin infracciones previas: $50
- Con una infracción previa: $100
- Con dos infracciones previas: $200
- Con tres infracciones previas: $400
- Con cuatro o más infracciones previas: $500
Elecciones 2023: ¿qué trámites no podré hacer si falto a votar?
Los trámites que no podrán hacer los electores que faltaron a votar son todos aquellos que se encuentran dentro del orden público ya sea nacional o provincial por el período de un año, tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
¿Quiénes están obligados a votar en las elecciones 2023?
El voto es obligatorio para todos los argentinos, nativos o por opción, que tengan entre 16 y 70 años. Los jóvenes de 16 y 17 años, y los adultos mayores de 70 años pueden ausentarse sin necesidad de justificación. Hay grupos exentos, como jueces, enfermos, o personal de servicios públicos, que deben presentar una justificación válida.
¿Cómo justificar que no fui a votar a las elecciones 2023?
Para consultar posibles multas, se puede acceder al Registro de Infractores de la Justicia Nacional Electoral. En caso de ausencia justificada, se debe presentar una certificación escrita en la comisaría más próxima y luego presentarla ante la Justicia Electoral.
¿En qué casos estoy exceptuado de votar en las elecciones 2023?
- Si el día de las elecciones te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y deberás justificar ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
- Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor deberás justificar ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
- Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante las elecciones.