Aquellas personas que no hayan emitido su voto durante las elecciones en la provincia de Mendoza, tienen un lapso de 60 días para presentar la documentación que justifique las razones de no haber asistido a las urnas.
En el caso de no justificarse, el elector o electora pasará a integrar el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar y recibirá una multa económica, que podrá ser de $50 a $500 y deberá ser abonada en el Banco Nación mediante transferencia o de forma presencial.
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En este sentido la Cámara Nacional Electoral dispone en su página web un espacio habilitado para que los electores que no votaron y quieran justificar su ausencia puedan cargar sus documentos y datos personales.
Vale destacar que Mendoza elegirá autoridades para los cargos de gobernador, vice, senadores y diputados provinciales, intendentes y concejales.
Para esta misma jornada las provincias de Corrientes, Tucumán y San Luis también elegirán a sus representantes.
Elecciones 2023 en Mendoza: cómo pagar la multa por no votar
La multa por no haber ido a votar podrá abonarse en el Banco de la Nación Argentina de forma presencial en cualquiera de sus sucursales o bien mediante canales electrónicos como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, entre otros.
Si un elector quiere elevar un reclamo por su incorporación al Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar puede hacerlo a través de la Secretaría Electoral de su ciudad.
Asimismo, el infractor que no pague la multa, no podrá realizar gestiones o trámites durante 1 año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales. Este plazo comenzará a correr a partir del vencimiento de los 60 días establecida la jornada electoral.
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Cabe recordar que todas aquellas personas mayores de 18 años y menores de 70 tienen la obligación de asistir a emitir su voto dentro del establecimiento designado por el padrón electoral definitivo.
Elecciones 2023 en Mendoza: quienes son las personas que no se encuentran obligadas a votar
- Los electores mayores de 70 años.
- Los jueces y sus auxiliares y todos los funcionarios públicos que deban asistir a sus oficinas y tenerlas abiertas durante las horas de la elección.
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros de la mesa en que les corresponda votar.
- Los que estuvieren enfermos o imposibilitados físicamente, o que, razones de fuerza mayor debidamente comprobadas, les impida concurrir al comicio.