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    Un fallo histórico: condenaron a “El Tigre” Acosta y otro exmarino por delitos sexuales cometidos en la ex ESMA

    La Justicia consideró que se trató de crímenes de lesa humanidad y por lo tanto imprescriptibles. El otro de los sentenciados es el exagente de inteligencia Alberto “Gato” González.

    13 de agosto 2021, 19:47hs
    Jorge "El Tigre" Acosta durante una audiencia de un juicio en su contra por crímenes de lesa humanidad. (Foto: DyN)
    Jorge "El Tigre" Acosta durante una audiencia de un juicio en su contra por crímenes de lesa humanidad. (Foto: DyN)

    El Tribunal Oral Federal 5 condenó este viernes a prisión perpetua al represor Jorge “El Tigre” Acosta por delitos sexuales cometidos contra detenidas desaparecidas de la última dictadura. Junto con Acosta fue condenado el también exmarino Alberto “Gato” González.

    La Justicia consideró que se trató de crímenes de lesa humanidad, por lo tanto imprescriptibles, y resolvió sumar la condena a las anteriores que pesan sobre Acosta para unificar la pena en prisión perpetua.

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    Los magistrados Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Federico Grunberg dictaron el veredicto en un desprendimiento de la Causa ESMA, el juzgamiento de las violaciones a los derechos humanos ocurridos en la ex Escuela Superior de Mecánica de la Armada entre 1976 y 1983.

    Las condenas se dictaron por “violación agravada por haber sido cometida en concurso de dos o más personas, reiterada en -al menos- diez oportunidades”, abuso deshonesto, privación ilegítima de la libertad y tormentos, delitos que se declararon imprescriptibles por ser de lesa humanidad.

    Los tres miembros del tribunal encontraron a Acosta culpable como autor penalmente responsable de los hechos cometidos contra tres víctimas: Silvia Labayrú, Mabel Zanta y María Rosa Paredes. En tanto, González fue condenado por los delitos cometidos en perjuicio de Labayrú.

    Los delitos sexuales contra las mujeres detenidas ilegalmente en la exESMA fueron concretados durante 1977 y comienzos del siguiente año. (Foto: AP/Natacha Pisarenko)
    Los delitos sexuales contra las mujeres detenidas ilegalmente en la exESMA fueron concretados durante 1977 y comienzos del siguiente año. (Foto: AP/Natacha Pisarenko)

    “Hubo que esperar más de 30 años, a pesar de que los delitos sexuales fueron denunciados en el Juicio a las Juntas, pero no escuchados. Algunas de las sobrevivientes todavía no son conscientes de que fueron víctimas de violaciones. La vergüenza y la culpa, la condena social, la revictimización son barreras para todas las victimas de violación, aún hoy”, señaló a Télam Miriam Lewin, periodista que estuvo cautiva en la ESMA.

    La actual titular de la Defensoría del Público escribió junto a Olga Wornat el libro “Putas y Guerrilleras”, que ayudó a visibilizar la problemática de los abusos sexuales que padecieron las detenidas durante el terrorismo de Estado por parte de los represores. Los hechos ocurrieron durante 1977 y principios de 1978, según la acusación con la que ambos represores llegaron a juicio, y los fundamentos del veredicto se conocerán el próximo 12 de octubre.

    La Fiscalía había pedido condenas a 25 años de prisión para Acosta y González, en un alegato en el cual el fiscal federal Leonardo Filippini aludió a que se probó que en el centro clandestino de detención que funcionó en la ESMA hubo una “violencia específica de contenido sexual e impacto especial sobre las mujeres”. Las tres víctimas declararon en el juicio y ratificaron lo que padecieron, en audiencias que se hicieron de manera reservada.

    En los primeros puntos del veredicto, el tribunal rechazó los planteos de afectación al principio ne bis in ídem (no ser juzgado dos veces por un mismo hecho) deducido por la defensa de Acosta. Los jueces también rechazaron los pedidos de nulidad de la declaración testimonial de una de las víctimas interpuesto por el defensor de González.

    "El Tigre" Acosta escucha una sentencia de prisión perpetua en uno de los tantos juicios en su contra.
    "El Tigre" Acosta escucha una sentencia de prisión perpetua en uno de los tantos juicios en su contra.

    Además, el tribunal rechazó los pedidos de extinción de la acción penal por prescripción formulados por ambas defensas, en función del carácter de imprescriptibilidad que poseen los delitos que son tipificados como crímenes contra la humanidad.

    En el caso de Acosta se lo encontró culpable además de abuso deshonesto, privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos agravado por ser cometido en perjuicio de una perseguida política, entre otros delitos. Sin embargo, el tribunal absolvió al exjefe del GT 3.3.2 “por el beneficio de la duda” por dos hechos de violación agravada en relación a una de las víctimas.

    “A nosotras, las militantes como dice Ana Longoni en su libro ‘Traiciones’, se nos acusaba de putas y de traidoras. Cuando salimos del campo, incluso desde organismos de DDHH se sospechaba que habíamos sobrevivido porque ‘nos acostamos con los milicos’. Y que lo habíamos hecho por propia voluntad”, apuntó Lewin.

    La investigación por delitos sexuales cometidos en la ESMA se abrió luego del veredicto en el segundo juicio oral de la megacausa que juzgó a los represores en ese centro clandestino y cuya investigación estuvo a cargo del exjuez federal Sergio Torres, actual ministro de la Suprema Corte de Justicia bonaerense.

    Un fallo histórico: condenaron a “El Tigre” Acosta y otro exmarino por delitos sexuales cometidos en la ex ESMA

    Al dictar ese veredicto en 2011, el TOF 5 ordenó investigar lo narrado por víctimas que declararon en calidad de testigos y contaron las violaciones, abusos físicos y psicológicos que sufrieron. La primera condena por abuso sexual en los juicios de lesa humanidad se dio a conocer en 2010 en Mar del Plata, y hasta entonces, se trataban de acusaciones que eran procesadas como abusos y torturas.

    Gregorio Rafael Molina, condenado a prisión perpetua en el juicio de lesa humanidad que se siguió por los crímenes perpetrados en el centro clandestino de detención ilegal de “La Cueva”, fue el primer represor condenado en el país por delitos sexuales. Desde el año 2012 el Ministerio Público Fiscal de la Nación impulsa la persecución penal de los crímenes de violencia sexual cometidos durante el terrorismo de Estado, y los considera como delitos autónomos con el propósito de establecer responsabilidades.

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    Desde ese momento, más de 120 represores fueron responsabilizados por delitos sexuales, según cálculos de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad difundidos en un informe que se publicó en marzo de este año.

    “Hay muchas compañeras que aún hoy no pueden hablar de lo que les hicieron, de lo que les pasó. Porque no comprenden que si no se hubieran sometido, hubieran sido pasajeras de algún vuelo de la muerte. Hoy, por fin, como otros represores, el jefe del grupo de tareas de la ESMA y uno de los oficiales, fueron condenados por violadores. Ladrones de bebés, ladrones de propiedades y delincuentes sexuales. Hoy es un día histórico, reparador para todas las mujeres, no solamente para las sobrevivientes de los campos”, remarcó Lewin.

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