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    El periodista Daniel Santoro fue sobreseído en la causa que investiga el intento de extorsión de Marcelo D’Alessio a un empresario

    El juez federal Luis Rodríguez afirmó que no hay elementos que prueben que el editor de Judiciales del diario Clarín sabía de la maniobra y consideró que no actuó en forma dolosa.

    13 de agosto 2021, 16:58hs
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    Daniel Santoro, periodista de Clarín. (Foto: Captura de TN).

    El juez federal Luis Rodríguez dictó este viernes el sobreseimiento del periodista Daniel Santoro en la causa por el intento de extorsión de Marcelo D’Alessio contra el empresario Gabriel Traficante, luego de determinar que el periodista del diario Clarín desconocía la maniobra del falso abogado y que no actuó en forma dolosa.

    En la resolución, el magistrado ordena “sobreseer a Daniel Pedro Santoro, de las demás constancias personales obrantes en autos, en orden al hecho por el cual fuera indagado en esta causa nº 76.091/2016, dejando expresa constancia de que la formación de la presente en nada afecta el buen nombre y honor que hubiere gozado (artículos 334, 335 y 336 -inciso 3°- del CPPN)”.

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    “En 40 años como periodista nunca había estado procesado, embargado y con prohibición de salir del país. Todo fue empujado por los operadores de la vicepresidenta Cristina Kirchner”, señaló Santoro a TN. Y agregó: “Yo ni sabía que D’Alessio estaba intentando extorsionar a un empresario”.

    En junio pasado, la Cámara Federal porteña, con el voto unánime de los jueces Martín Irurzún, Eduardo Farah y Roberto Bocio había anulado un procesamiento que Rodríguez dictado contra Santoro y le otorgó la falta de mérito. El tribunal también ordenó agotar las medidas de prueba dispuestas por las partes ante una apelación de los abogados de Santoro, Mauricio De Núñez y Guido Sciarreta.

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    Dos meses antes, Rodríguez había procesado a Santoro por presunta tentativa de extorsión en la causa en la que D’Alessio intento extorsionar a Traficante. La decisión del juez incluyó un embargo de 850.000 pesos sin prisión preventiva.

    El magistrado consideró entonces que Santoro había sido “partícipe necesario” de la maniobra. Según la acusación, el falso abogado le pidió al empresario 600.000 dólares para no quedar involucrado en la causa judicial por contrabando de mercaderías conocida como la “mafia de los contenedores”.

    Rodríguez comprobó que no existen elementos que sostengan fehacientemente que el periodista sabía de la maniobra, y a la vez consideró que no hubo dolo en su accionar.

    El periodista Daniel Santoro fue sobreseído en la causa que investiga el intento de extorsión de Marcelo D’Alessio a un empresario

    El fallo firmado por el magistrado desvincula a Santoro del caso por el cual D’Alessio está siendo juzgado en juicio oral y público junto con otros imputados, como los exagentes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Rolando Barreiro y Claudio Álvarez, y el suspendido fiscal de Mercedes Juan Ignacio Bidone.

    En los días en los que Traficante sufrió la extorsión de D’Alessio, y según la resolución de Rodríguez, el editor de Judiciales de Clarín publicó que la Justicia en lo penal económico investigaba si ese empresario era “el jefe de la banda de contrabandistas de contenedores” que integraban Claudio “Mono” Minnicelli y Oldemar “Cuqui” Barreiro Laborda.

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    Si bien esa información aparece desmentida en el propio expediente en la declaración testimonial del juez de la causa de los contenedores, Marcelo Aguinsky, Rodríguez enfatizó que no puede atribuirse ese equívoco a un deliberado plan criminal. Según el juez, “podría alejarse de la conformación de una actividad dolosa y ubicarse dentro del ámbito de la imprudencia”

    En ese sentido, el juez señaló que no se halló prueba directa que permita “afirmar con un alto grado de probabilidad su conocimiento de participación en la extorsión del caso” por lo que lo que se inclinó por “la existencia de una seria impericia atribuible a Santoro, es decir por una conducta que no encuentra adecuación en una figura legal aplicable, dado que la participación imprudente en un hecho de extorsión no se encuentra reprimida en nuestra legislación penal sustantiva”.

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