El Supremo Tribunal de Justicia de Entre Ríos rechazó este lunes el pedido de excarcelación y arresto domiciliario de Nahir Galarza, condenada a prisión perpetua por el crimen de Fernando Pastorizzo en Gualeguaychú.
El pedido había sido presentado días atrás por la defensa de la joven ante la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus, al alegar que "es bueno adoptar medidas para garantizar el derecho a la salud".
El fallo fue firmado por los jueces Miguel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia, quienes tuvieron en cuenta un informe médico que detalla el "buen estado de salud, nutrición y aseo" de la condenada, como así también los detalles sobre el estado sanitario del pabellón donde se encuentra alojada.
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Los abogados defensores José Ostolaza y Pablo Sotelo habían solicitado el 16 de abril la excarcelación y el arresto domiciliario con tobillera electrónica ante "la violación del plazo razonable" de prisión preventiva; "inexistencia de riesgos procesales"; y por la "medida de prohibir visitas en la unidad penal por la pandemia".
En ese sentido, la Justicia ordenó un informe a la Unidad Penal 6 de Paraná, donde se encuentra alojada Nahir Galarza y al Departamento Médico Forense.
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La directora del penal, Diana Tonetti, detalló que la joven se encuentra en el pabellón 13, que comparte con otra interna para "preservar su integridad física"; y se le permite "realizar videollamadas con familiares". Además, posee en su pabellón una "bicicleta fija para realizar actividad física; televisión con cable y un baño con agua caliente".
En tanto, el reporte médico indicó que la detenida permanece "lúcida, orientada en tiempo y espacio; con buen estado de aseo personal; sin signos de desnutrición; y con buena entrada de aire".
Por su parte, el procurador general provincial, Jorge García, consideró que el pedido "anticipa la inadmisión" de la Corte Suprema y "el cierre del caso".
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Mientras que los abogados de los padres de la víctima coincidieron con García y rechazaron el pedido de Nahir ya que "no está dentro de los grupos de riesgo" de contagio de Covid-19.
Finalmente, los jueces de la Sala 1 aseguraron que “el vago argumento de la situación de pandemia esgrimido por la defensa para solicitar prisión domiciliaria carece de todo sustento razonablemente atendible".