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    Los puntos clave del fallo de la Cámara de Casación Penal que confirmó las condenas a “Callejeros”

    La Sala IV rechazó los recursos presentados por las defensas. El fallo completo.

    21 de septiembre 2015, 12:32hs
    Los puntos clave del fallo de la Cámara de Casación Penal que confirmó las condenas a “Callejeros”
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    La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas para los integrantes de Callejeros, acusados por la tragedia de Cromañón en 2004. La decisión fue adoptada por unanimidad por los integrantes de la Sala IV, Juan Carlos Gemignani, Gustavo Hornos y Pedro David.

    Además confirmaron las condenas de 2012 a quien fue la mano derecha del gerenciador de Cromañon, Raúl Villarreal, y a los exfuncionarios porteños Fabiana Fiszbin y Gustavo Torres. Sólo hicieron lugar al planteo que había formulado la exfuncionaria de la Ciudad, Ana María Fernández, a quien le redujeron la pena a dos años y diez meses de prisión.

    Estos son los puntos clave:

    - La Sala IV rechazó los recursos de las defensas contra las sentencias dictadas por la Sala III de ese tribunal, cuya revisión había dispuesto la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

    -El tribunal analizó la atribución de responsabilidad penal de los recurrentes por su intervención en el incendio. Así el voto del juez Hornos –al que adhirieron Gemignani y David– tuvo en cuenta que, al tomar la decisión de presentarse en un local cerrado y sobrevendido, incluso ante la certeza práctica de que allí se detonarían artefactos pirotécnicos, la conducta de los integrantes del grupo excedió el ámbito de una expresión artística, violó deberes de cuidado exigibles y expuso a los asistentes a un riesgo inaceptable.

    - El Tribunal rechazó la impugnación de Raúl Alcides Villarreal –persona de confianza de Omar Chabán– considerando que su conducta incrementó el riesgo de incendio peligroso para la vida al permitir el ingreso –por propia iniciativa– de una cantidad de público abrumadoramente superior a la permitida.

    -EL FALLO COMPLETO, AQUÍ-

    - Sobre los funcionarios del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires condenados, la Sala confirmó sus responsabilidades precisando que contribuyeron al desenlace fatal al incumplir con sus obligaciones y no ejercer diligentemente el poder de Policía que tenían delegado, a pesar de las repetidas e insistentes advertencias que habían recibido al respecto, omitiendo inspeccionar el local “República Cromañón”.

    - El Tribunal rechazó también las objeciones dirigidas contra la atribución de responsabilidad penal por la participación de Villarreal en el delito de cohecho activo cometido por Chabán, Argañaraz y el Subcomisario Díaz. Por mayoría, con la disidencia del juez Pedro R. David, la Cámara confirmó la condena impuesta en este sentido también a los integrantes del grupo musical.

    - También por mayoría –con igual disidencia– el Tribunal confirmó los montos punitivos oportunamente impuestos, con excepción del caso de Ana María Fernández, respecto de la cual los jueces Hornos y David consideraron necesario disponer una reducción proporcional, observando que el maltrato institucional que en su momento sufrió al ver rechazado su pedido de domiciliaria sobre la base, entre otros, de razones discriminatorias vinculadas con su orientación sexual, debía ser tenido en cuenta en la respuesta estatal.

    Fuente: Centro de Información Judicial.

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