La Justicia Civil de Neuquén ordenó que un hombre le pague 21 millones de pesos al amigo de su expareja por fracturarle la cara a patadas. El agresor, que practica artes marciales, evitó una condena penal efectiva.
La decisión fue tomada por la jueza María Guadalupe Losada, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería N°5, quien remarcó que el ataque tuvo como trasfondo un intento de control y daño hacia la mujer a través de la agresión a su entorno.
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Pese a que el fallo llegó este miércoles, el caso se remonta a 2021, cuando el agresor llegó a la casa de su expareja, ubicada en el barrio Z1 de la capital neuquina.
El hombre golpeó la puerta y cuando su expareja salió, se encontró con que ella estaba acompañada por un amigo. Automáticamente, reaccionó de una manera violenta y exigió que le abrieran la puerta de la casa.
La mujer y su acompañante se negaron a abrirle la puerta. El agresor entonces entró por la puerta de atrás forzándola.
Una vez dentro de la casa, se dirigió directamente hacia el amigo de su expareja y lo golpeó salvajemente en la cara, al punto de que le provocó múltiples fracturas.

Según informó el diario LM Neuquén, antes de la agresión contra el hombre, el atacante había causado daños materiales en el vehículo de la víctima.
El joven agredido debió someterse a una cirugía para que le reconstruyeran la cara. Además, atravesó un extenso proceso de recuperación física y psicológica.
El agresor fue imputado por lesiones y daños. Sin embargo, tras la investigación, la Fiscalía y la defensa acordaron solicitar la suspensión del juicio a prueba por u plazo de dos años.
Inicialmente, el juez Luis Giorgetti había rechazado este beneficio, pero posteriormente un tribunal de impugnación modificó la resolución y permitió avanzar en este sentido. Esto implicó que el agresor evitó una condena penal efectiva bajo cumplimiento de ciertas reglas de conducta, sin ingreso a prisión.
El fallo que condenó al agresor a pagar 21 millones de pesos
La vía civil continuó su curso, pese a que no avanzara la legal. Eso se dio porque la víctima inició una demanda por daños y perjuicios contra su agresor.
El caso fue analizado en detalle por la jueza Losada, quien remarcó tanto los daños materiales como físicos, el impacto emocional y la necesidad de futuros tratamientos médicos, incluidas sesiones de psicoterapia.
En este contexto, Losada subrayó el impacto que las lesiones tuvieron en la vida cotidiana y emocional de la persona agredida, citando el informe psicológico que refirió “disminución de la autoestima” y “angustia” por el aspecto físico, ya que estuvo durante al menos un año con el rostro completamente desfigurado.
En el fallo, la jueza consideró que “la lógica preocupación y dolor psíquico que implica afrontar una cirugía para reparar y reconstruir la anatomía, intensificado por la presencia de cicatrices expuestas a las miradas ajenas”, agrava el daño moral.
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Entre los aspectos indemnizatorios, se consideran, además, los gastos médicos actuales y futuros, y la necesidad de asistencia psicológica para la recuperación.
El fallo remarca que la agresión no solo constituyó un delito contra la integridad física de la víctima, sino que debe leerse dentro de la dinámica de violencia de género, en tanto el acto violento buscó condicionar y controlar la vida afectiva de la expareja del agresor a través del uso del miedo y la violencia.
“La agresión se enmarcó en un hecho de violencia de género, dado por la violencia ejercida sobre una persona que tenía un vínculo sentimental o de amistad con la mujer”, indicó la magistrada.
La jueza concluyó que este tipo de actos son “una forma de manifestación de la violencia ejercida contra la mujer en manos de su expareja, que, mediante intimidación y agresiones, intenta controlar vínculos y aspectos de la vida de relación de la mujer, manifestando su poder a través del dolor infligido”.
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Como parte de la condena, la jueza Losada fijó una indemnización de 20.936.000 pesos en concepto de reparación integral al agredido, suma a la que se deberán adicionar los intereses legales correspondientes.