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    Los tres hechos por los que L-Gante fue condenado y los requisitos que le impuso la Justicia al dejarlo libre

    El cantante fue encontrado responsable de los delitos de “amenazas coactivas, amenazas calificadas por el uso de arma, amenazas simples y daño”. Fue absuelto por la denuncia de privación ilegítima de la libertad. No irá a la cárcel.

    Agustina Acciardi
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    Agustina Acciardi

    28 de octubre 2024, 19:17hs
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    L-Gante escucha el veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)
    L-Gante en la lectura del veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)

    Elián Valenzuela, conocido como L-Gante, fue condenado este mediodía por el Tribunal oral en lo Criminal Nº 3 de Mercedes a la pena de 3 años de prisión en suspenso.

    Si bien el cantante seguirá en libertad, fue encontrado responsable de haber cometido “amenazas coactivas, amenazas calificadas por el uso de arma, amenazas simples y daño” en tres hechos distintos.

    Leé también: Bengalas, aplausos y bocinazos: así se vivió en la calle el veredicto a L-Gante

    Por otro lado, en los fundamentos de su sentencia, el juez Ignacio Racca detalló los motivos por los que el músico fue absuelto por los delitos de “privación ilegítima de la libertad, tenencia simple de estupefacientes y encubrimiento calificado”.

    L-Gante durante la lectura del veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)
    L-Gante durante la lectura del veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)

    El primer hecho por el que L-Gante fue condenado

    Se trata de un episodio que ocurrió el 8 de diciembre de 2021 en General Rodríguez, cuando el cantante mantuvo una violenta discusión con una mujer tras un incidente de tránsito en la ruta Nº5.

    “Se acreditó que Elián Valenzuela, junto a otros sujetos que no son parte de este pronunciamiento, dañaron el vehículo de la denunciante, produciendo sobre el mismo rayones y abolladuras varias a raíz de una discusión de tránsito. En esa misma oportunidad, Valenzuela hizo uso de amenazas para amedrentar a la mujer con quien previamente había mantenido una discusión de tránsito, manifestándole frases como ‘ya estás marcada hija de puta’, ‘ya te voy a agarrar’, ‘ya te voy a encontrar’. Las pruebas hasta aquí mencionadas dejan claro que Valenzuela actuó dolosamente en el daño de la materialidad del vehículo, ocasionando un perjuicio perdurable en la propiedad de la denunciante”, indicó el magistrado en su fallo.

    Leé también: La reacción de L-Gante cuando el juez leyó el veredicto en la causa por privación ilegítima de la libertad

    “No se trató solo de insultos, como refirió Valenzuela, ni de una frase desafortunada desde un automóvil a otro. Sus dichos trascendieron los límites de una discusión, en tanto bajó, acompañado de varias personas, y siguió refiriendo frases amenazantes mientras golpeaban y rayaban el auto. En ese contexto, es contrario a la lógica pensar que el autor no conocía que sus dichos podían tener la idoneidad para amedrentar a su destinatario”, agregó.

    Así escuchó L-Gante el veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)
    Así escuchó L-Gante el veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)

    El segundo hecho

    El otro hecho por el que el cantante fue condenado sucedió el 4 de febrero de 2022 en el barrio Bicententario de General Rodríguez, donde L-Gante amenazó a un vecino con un arma, después de haber incluso disparado para amenazarlo.

    “La discusión, entre el denunciante y Valenzuela, fue iniciada por este último en razón de que había tomado conocimiento de que el denunciante había caminado por los techos de su casa en días previos. Fueron cuatro las personas que refirieron de forma contundente que Valenzuela estaba armado. Pero lo que termina de ser dirimente es el hallazgo de la vaina servida calibre 25. Esta prueba confirma la existencia de un arma de fuego como la que llevaba Valenzuela, que todos los testigos refirieron, era pequeña. Es así que, probada la existencia de un arma, lo relativo al amedrentamiento es indiscutible. Ya sea en virtud de amenazas de muerte propiamente dichas, bajo la exhibición de videos con golpizas asegurándole al sujeto pasivo que le correspondería lo mismo, como también la sola exhibición y utilización de un arma de fuego apta para disparo, son actos suficientes para tener por acreditada la tipicidad a la que ya he hecho referencia”, explicó el juez.

    El tercer hecho

    En mayo de 2023, Rosa Passi y Gastón Torres, dos empleados municiaples, denunciaron que L-Gante, tras una discusión que tuvo lugar en General Rodríguez luego de una salida a un boliche, los privó de su libertad por más de 20 minutos, llevándolos, amenazados y a punta de pistola, en su camioneta por distintos lugares.

    Así llegó L-Gante llega a la lectura del veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)
    Así llegó L-Gante llega a la lectura del veredicto en el juicio por privación de la libertad y amenazas. (Foto: Agustina Ribó / TN)

    Sin embargo, tiempo después, Passi retiró la acusación y durante el debate, cuando declaró, le bajó el tono a discusión. Por esto mismo, el juez Racca decidió absolver al músico respecto a lo denunciado inicialmente por Passi.

    Sobre el rol que mantuvo el cantante con Torres, indicó: “Se probó finalmente que aproximadamente entre las 07:00 y 07:30 horas, del día 27 de mayo de año 2023, en circunstancias en que Elian Valenzuela, Daniel Emanuel De Marco, Rosa Passi y Darío Gastón Torres se encontraban a bordo de un vehículo, el primero efectuó una serie de amenazas hacia el último, refiriéndole entre varios improperios que debía educar a sus hijos y que lo mataría, generando un lógico temor en el damnificado”.

    Leé también: “Me querían sacar plata”: las primeras palabras de L-Gante tras salir del tribunal

    “Debo destacar como sumamente extraño que una persona haya sido secuestrada y que sus familiares no den aviso al sistema de emergencias o al personal policial que se encontraba literal en frente de su casa. Está claro y no niego que existió un conflicto; pero, aun cuando el imputado pudo haber sido insistente para que Torres suba, no se acreditó que lo haya privado de la libertad. ¿Fue Torres entonces retenido contra su voluntad? Tampoco se probó fehacientemente. Esto no implica decir que no se cometieron delitos en ese viaje; no se acreditó una privación ilegal de la libertad, pero sí entiendo que en ese trayecto, el contexto y los dichos de Valenzuela especialmente fueron aptos para amedrentar al denunciante”, indicó.

    Y cerró: “No se secuestraron armas de fuego aptas, sino réplicas en el hogar de Valenzuela, y aun estando el automóvil secuestrado, tampoco se halló un arma ni vestigios de un disparo de arma de fuego. Para el caso, ni siquiera el propio denunciante puede ratificar que sea un arma apta para disparo, ante la similitud de la réplica que tenía Valenzuela con un arma de fuego común. De las personas que vieron el conflicto, tres refirieron que no había ningún arma. Uno de los que vio el arma la reconoció como una réplica”.

    De este modo, Valenzuela deberá por tres años fijar una residencia, hacerle saber al tribunal de forma previa sobre cualquier tipo de egreso del país, no podrá tener ningún tipo de contacto con Darío Gastón Torres y deberá hacer una donación a alguna organización de bien público con sede en el partido de General Rodríguez.

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