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    Sorpresivo giro de la Justicia: condenaron por abandono de persona al acusado por el femicidio de la mujer que mataron y descartaron en Colegiales

    La víctima, María Lourdes Arangio, tenía 32 años. El tribunal dará a conocer el próximo martes los fundamentos de su sentencia.

    19 de agosto 2021, 10:42hs
    El argumento de la defensa fue que la víctima murió por consumo de drogas. (Foto: Télam).
    El argumento de la defensa fue que la víctima murió por consumo de drogas. (Foto: Télam).

    Raúl Antonio Devias, el hombre que llegó a juicio acusado del femicidio de su pareja, cuyo cuerpo fue encontrado envuelto en frazadas en el barrio porteño de Colegiales en junio de 2019, fue absuelto este miércoles de ese cargo y condenado en cambio a seis años de prisión por el “abandono seguido de muerte” de la mujer. Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el próximo martes a las 17.30.

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    “El Gitano”, apodo con el que se conocía al hombre de 52 años, había sido procesado por el delito de homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra su pareja, María Lourdes Arangio, y por haber mediado violencia de género.

    De acuerdo al fallo al que accedió Télam, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) 3 porteño, conformado por los jueces Gustavo Jorge Rofrano, Gustavo Pablo Valle y Julio César Báez, absolvió al “Gitano” Devías de ese delito y lo condenó pero por el “abandono seguido de muerte” de Arangio.

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    En la misma resolución, lo absolvieron también de los delitos de “lesiones leves, agravado por haber sido cometidas contra su pareja y por un hombre contra una mujer, mediando violencia de género, reiterado en al menos cinco oportunidades”, “privación ilegítima de la libertad, doblemente agravado por haber sido cometido con violencia y amenazas reiteradas y contra un individuo a quien se le debe respeto particular, reiterado en al menos tres oportunidades” y del delito de “abuso sexual, agravado por acceso carnal”.

    El caso

    El crimen se descubrió el 18 de junio a la mañana, cuando un vecino llamó al 911 para avisar sobre la presencia de un bulto de grandes dimensiones, empaquetado con dos frazadas entre dos autos estacionados, en la calle Céspedes al 2900 del barrio porteño de Colegiales.

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    El “paquete” sospechoso resultó ser el cuerpo de Arangio, quien llevaba muerta unas 72 horas cuando la encontraron. La autopsia después determinó que la causa había sido una congestión y un edema agudo de pulmón y que no se advertían signos de una muerte violenta.

    El resultado del informe de los forenses sirvió de argumento a la defensa para señalar que la muerte de la mujer pudo producirse por consumo de drogas y que el imputado nada tenía que ver con el trágico desenlace.

    Devias quedó detenido a partir de un video de una cámara de seguridad de la cuadra, que grabó el momento en el que, a las 5.34, el cuerpo era depositado detrás de un camión rastrojero, estacionado a diez metros de su casa de Céspedes 2947.

    El 5 de julio, el juez de instrucción 26, Damián Kirszenbaum, procesó al hombre por el femicidio y a un segundo detenido, el vecino Gabriel Fernando Massara, que se entregó a la Policía por haber sido quien sacó el cuerpo hasta la calle y quedó acusado de “encubrimiento agravado”.

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    En la resolución, el magistrado destacó que “El Gitano” tenía con Lourdes una “relación de poder basada principalmente en su adicción a las drogas, las cuales él mismo le daba cuando ella iba a su casa y que esa circunstancia le impedía a la víctima abandonar al imputado y salir del contexto de violencia en el cual se hallaba”.

    En la misma línea, mencionó la presencia en el vínculo de “violencia física y psicológica” y que incluso Devias amenazaba “de muerte” a Arangio o le decía que iba a secuestrar o a entregar a alguna de sus hijas “a una red de trata de personas”. Por su parte, los testigos declararon incluso que Arangio fue “picaneada” y que fue abusada sexualmente mientras estaba inconsciente.

    Pese a todo esto, el 31 de agosto de ese año la sala I de la Cámara del Crimen le concedió al “Gitano” el beneficio del arresto domiciliario debido a que tenía una infección en los pies, régimen con el que además podrá continuar ya que el TOC 3 en su fallo no hizo lugar al pedido de agravamiento de las condiciones de cumplimiento de la prisión preventiva.

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