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    La mujer que consiguió la condena histórica por sextorsión para el tatuador Patricio Pioli reclama que se trate la ley para proteger a las víctimas

    Paula Sánchez Frega habló en exclusiva con TN.com.ar. Contó la violencia que vivió durante la relación con su expareja y pidió que la sentencia a cinco años de prisión efectiva sirva como precedente. La iniciativa fue votada por el Senado y aguarda tratamiento en Diputados.

    José Inesta
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    José Inesta

    12 de junio 2021, 05:50hs
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    Paula Sánchez Frega, víctima de sextorsión. (Foto: captura TN.com.ar)

    Paula Sánchez Frega tiene 31 años. Estuvo en pareja y convivió ocho meses en 2017 con el tatuador Patricio Pioli, de 37 años, tras lo cual lo denunció por la difusión de material íntimo sin su consentimiento. La joven contó ante la Justicia que Pioli ejercía violencia constante sobre ella, y que cuando decidió terminar la relación, el hombre la amenazó con difundir videos y fotos que él mismo había grabado cuando mantenían relaciones sexuales.

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    Luego de cuatro años de denuncias e investigación, el jueves, un tribunal de La Rioja conformado por los jueces Edith Agüero, María Petrillo y Fernando Romero condenó a cinco años de prisión efectiva a Pioli por los delitos de “coacción y lesiones leves calificadas”. También lo hizo por filtrar material íntimo que habría sido viralizado desde su propio teléfono celular. El dispositivo nunca apareció y fue denunciado como extraviado por el acusado.

    Así el tatuador de La Rioja se convirtió en el primer condenado en nuestro país por sextorsión. El hecho fue considerado también como violencia en contra de la mujer en la misma sentencia.

    El tatuador Patricio Pioli fue condenado a cinco años de prisión efectiva por un tribunal de la Rioja. (Foto: Facebook/Patricio Pioli).
    El tatuador Patricio Pioli fue condenado a cinco años de prisión efectiva por un tribunal de la Rioja. (Foto: Facebook/Patricio Pioli).

    “Cuando decidí dejarlo el 21 de abril de 2017 fue una situación muy fea. En los últimos cuatro meses se tornó una relación muy violenta a nivel psicológico, era una situación totalmente insostenible, había maltrato físico, maltrato hacia mis animales, una situación peligrosa para mi básicamente”, cuenta Paula mientras repasa una vez más qué la motivó a pedir ayuda.

    “La primera vez que él me empezó a tratar mal ni siquiera me había golpeado todavía, pero en su forma de tratarme ya denotaba una violencia importante. Yo sinceramente tenía la determinación de dejarlo pero no podía porque él todo el tiempo me decía que si lo dejaba, él iba a difundir las cosas que tenía sobre mi, refiriéndose a las fotos y videos”, relató la víctima en diálogo con TN.com.ar.

    Al referirse a la condena de cinco años de prisión efectiva para su expareja, Paula sostiene que si bien en el trasfondo de todo lo que le pasó hay quienes consideran que sería una “sextorsión” y “pornovenganza”, ella está convencida que más bien se trató de la difusión de material íntimo sin consentimiento pero que todavía no existe una tipificación del delito que permita a las víctimas tener un marco legal que las proteja.

    “Para mi la importancia de que este juicio se haya dado y tenga una sentencia implica que, me quiero imaginar, van a continuar con la media sanción que el Senado ya aprobó para obtener una ley para futuras víctimas”, afirmó Sánchez Frega.

    La mujer que consiguió la condena histórica por sextorsión para el tatuador Patricio Pioli reclama que se trate la ley para proteger a las víctimas

    Con respecto a la media sanción obtenida en la Cámara Alta, hubo dos iniciativas a cargo de las senadoras Silvia Elías de Pérez y Claudia Ledesma que obtuvieron una acordada en la Comisión Unicameral de Justicia y Asuntos Penales para modificar por lo menos dos artículos del Código Penal. El artículo 155 quedaría de la siguiente manera: “Será reprimido con prisión de 2 meses a 2 años y multas de $10 mil hasta $100 mil el que hallándose en posesión de una correspondencia, una comunicación electrónica, un pliego cerrado, un despacho telegráfico, telefónico o de otra naturaleza, no destinados a la publicidad, los hiciere publicar o facilitare su publicación indebidamente, si el hecho causare o pudiere causar perjuicios a terceros”.

    Las penas se elevan si el contenido difundido pertenece a escenas de desnudez, naturaleza sexual o representaciones sexuales explícitas obtenidas en un ámbito de privacidad, incluso mediando consentimiento de la víctima: pasan de 3 meses a 3 años y hasta 200 mil pesos. Se elevan en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la violación de secretos responda a un ánimo de lucro o con el propósito de causar sufrimiento. Podría llegar entonces a una multa de $267.000 y un máximo de 10 años y medio de prisión.

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    A su vez, si se obtiene la media sanción de Diputados el artículo 169 quedaría de la siguiente manera: “Será reprimido con prisión de tres a ocho años el que, por amenaza de imputaciones contra el honor, de difusión de documentos cuyo contenido fuere consecuencia de una relación íntima, o de violación de secretos, cometiere alguno de los hechos expresados en el artículo precedente”.

    En definitiva quedará ya en el análisis de la Cámara de Diputados que este proyecto se convierta en ley, y así dar el marco legal para que los hechos de violencia en contra de la mujer como los que sufrió Paula Sánchez Frega sean considerados delitos y se condene a quienes los cometan.

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