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    La historia de la “pornovenganza” que terminó en una condena sin precedentes: el día que empezó la pesadilla y la larga lucha judicial

    La relación se inició como cualquier otra pero a los dos meses Patricio Pioli se volvió muy violento. En 2017, una mujer denunció a su expareja por la difusión de videos íntimos y el caso motivó la reforma del Código Penal.

    10 de junio 2021, 14:39hs
    Patricio Poli fue condenado por pornovenganza. (Foto: Facebook)
    Patricio Poli fue condenado por pornovenganza. (Foto: Facebook)
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    La riojana Paula Sánchez Frega, de 28 años, se convirtió este jueves en la primera mujer en lograr la condena de su expareja, Patricio Pioli por haber viralizado videos y fotos sexuales, luego de separarse. El tatuador fue condenado a cinco años de prisión efectiva en el caso conocido como “pornovenganza”, un caso que sienta precedente en en la Justicia argentina.

    En junio de 2017, Pioli fue procesado con prisión preventiva por los delitos de coacción y lesiones leves contra la joven chef. La víctima había denunciado que su ex la había amenazado con la viralización de las fotos y videos que él mismo había tomado con su consentimiento en la intimidad cuando eran pareja. En los siete meses que duró la relación la joven padeció violencia de género contra ella y sus mascotas.

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    Sánchez Frega dijo que estas amenazas surgieron ante su negativa de continuar la relación. En venganza, Pioli envió el material de audio y video a su grupo de amigos y otras personas a través de las redes sociales.

    El tatuador estuvo dos días detenido pero salió en libertad tras el pago de una fianza. Pero en 2019 regresó a prisión por publicar en redes sociales otros videos, en esa oportunidad, en tono de burla hacia la víctima y la Justicia. Los jueces le revocaron la domiciliaria.

    La historia de la “pornovenganza” que terminó en una condena sin precedentes: el día que empezó la pesadilla y la larga lucha judicial

    La pareja tomó contacto por primera vez en 2016, cuando ella asistió al local donde Pioli trabajaba. A los dos meses del inicio de la relación, el hombre se fue a vivir a la casa de la joven y a los cuatro el vínculo empezó a romperse por continuas peleas. A los ocho meses ella logró que el tatuador se fuera. Recibió insultos y amenazas en torno a la publicación de videos y fotos sexuales.

    “Con mi consentimiento, él grababa nuestras relaciones íntimas. Yo no le preguntaba para qué, pero suponía que era para mostrárselas a sus amigos. A mí no molestaba, confiaba en él y pensaba que no pasaría de ese círculo”, le contó a Clarín la víctima. “Pero todo cambió cuando mi intimidad cruzó la frontera llegando a lugares como a Córdoba. Ahí fue que decidí denunciarlo y llevarlo a la Justicia”, detalló.

    Al principio, la víctima encontró resistencia en la Justicia. Su abogada, Soledad Varas, dijo en ese sentido: “Costó muchísimo desde el inicio, ya que todos se negaban a tomar la denuncia porque no configuraba delito alguno, por ende no sabían cómo encuadrar los hechos”. Incluso el Procurador General de La Rioja ordenó que se tomará la denuncia en la Unidad Fiscal de Violencia de Género (UFVG).

    “Me sentí maltratada y nunca contenida por la UFVG. Yo necesitaba apoyo psicológico y nadie se fijó en mis padecimientos. No esperaba tampoco mucho de una provincia con instituciones tan machistas”, se lamentó Frega en la entrevista.

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    También contó que sufrió insomnio por la difusión de las imágenes íntimas y que le costaba salir a la calle. “La mirada del otro es siempre acusadora”, mencionó la joven que no buscaba resarcimiento económico, sino una sentencia como castigo al comportamiento de su ex.

    Cuatro años más tarde lo logró: el tatuador fue condenado por el delito de de “coacción y lesiones leves calificadas” en contra de su expareja, en lo que fue el primer juicio oral en la Argentina por la difusión de material sexual íntimo, tipificado en el Código Penal como “pornovenganza”.

    Este caso fue clave para la Reforma del Código Penal y la inclusión de la “pornovenganza” o “pornoextorsión” como delito informático, y el único que llegó hasta el momento a juicio oral y a partir de hoy una condena de cumplimento efectivo.

    Así lo resolvió el Tribunal de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional, presidido por la jueza Edith Agüero junto a los magistrados María Petrillo y Fernando Romero.

    (Foto: Infografía TN Web)
    (Foto: Infografía TN Web)

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