En diálogo con TN.com.ar, el defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, analizó el fallo de la Corte Suprema que ratificó que los haberes iniciales de los jubilados que reclamaron en la Justicia deben actualizarse por el índice Isbic y no por el Ripte, como pretendía la Anses.
Semino acotó los efectos del fallo a quienes iniciaron juicios por actualización de haberes. "No son los siete millones de jubilados y pensionados, los no contributivos, los que están en extrema necesidad. Esto se circunscribe a 150 mil que no aceptaron la Reparación Histórica porque esa ley implicaba un recorte del 45%", afirmó Eugenio Semino.
A la espera de ese fallo de la Justicia, el defensor de la Tercera Edad señaló que "en el periodo 1995-2008, el Índice de Salarios Básicos de la Industria y Construcción (ISBIC) dio alrededor del 430% y la Remuneración imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), en el mismo periodo, ajusta un 170%". "Esto en definitiva se traduce en esa quita del 45%, y por eso esos jubilados litigaron", añadió en relación a quienes no aceptaron la Reparación Histórica.
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El máximo tribunal se expidió sobre el caso de Luis Orlando Blanco, pero su decisión se proyectará a decena de miles de demandas que tramitan en su seno y, en instancias inferiores, en el fuero Federal y de la Seguridad Social en todo el país. El expediente de Blanco llegó a la Corte ante el recurso presentado por la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) contra el fallo de segunda instancia que favoreció el reclamo que Blanco inició hace más de una década. Dictada la sentencia que condenaba al pago del retroactivo, Anses expuso sus argumentos para que se efectuara por el índice RIPTE.
"Hay dos círculos. Por un lado los jubilados, relacionados con el caso Blanco, que son 11 mil, cuyos casos con sentencia están en conocimiento de la Corte. Y después hay otros 150 mil, que no aceptaron la reparación y que estarán atados a la doctrina que fije la Corte, y de eso dependerá cómo se genere su liquidación", explicó Semino.
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El especialista anticipó: "La diferencia será de entre 40 y 45% entre lo que pretende el jubilado con la liquidación del ISBIC y lo que quiere Anses, aplicando el RIPTE. Hay que tener en cuenta que se habló mucho del impacto fiscal de la medida, pero de forma inmediata no tiene ningún efecto en ese sentido. ¿Por qué? Porque en el Presupuesto 2019, la partida para la liquidación de sentencia ya está aprobado".
"Si hubiera algún impacto, se sentiría en 2020. ¿Por qué digo esto? Porque las sentencias, pagadas este año, se hicieron con el ISBIC. Lo que pretende la actual apelación de Anses es hacer una reducción de lo que ya estaba presupuestado. Traduciéndolo: se busca pagar menos sentencias con menos plata", cerró Semino.