La resolución 39.517 publicada hoy en el Boletín Oficial obliga a las aseguradoras a desprenderse de su excedente en dólares a partir del 3 de noviembre. Es otra decisión para sumarle divisas al Banco Central antes de la entrega del poder el 10 de diciembre al próximo presidente.
Lo que era un secreto a voces, finalmente se hizo realidad hoy. El gobierno estableció mediante la resolución mencionada la obligación de desprenderse de las "reservas técnicas en moneda extranjera" que superen los contratos asegurados en moneda extranjera. De esta manera, la superintendencia de seguros, dirigida por Juan Bontempo, exministro de Economía de Santa Cruz y esposo de la diputada Juliana Di Tulio, busca más divisas para el Banco Central para que el gobierno llegue más cómodo a fin de año.
La falta de divisas y el nulo ingreso de inversiones hace que el cepo cambiario y al comercio exterior sea cada vez más grave. Por ejemplo, la deuda con los importadores para que puedan comprar insumos ya supera los 9.000 millones de dólares. Las mismas terminales automotrices reconocen que no hay dólares para importar vehículos.
Según la normativa, las aseguradoras deberán desprenderse de los dólares sobrantes por hasta 50% de sus contratos asegurados en dólares tan pronto como la semana próxima, el 3 de noviembre. Las firmas con excedente en dólares por hasta el 75% de los contratos en dólares tendrán que vender hasta el 30 de noviembre y a los que les sobre un equivalente de hasta el 100% de sus contratos en dólares, tendrán tiempo para desprederse de divisas hasta el 31 de diciembre.
Para que ninguna empresa esquive la resolución, el artículo 2 de la misma establece que "las entidades deberán presentar mensualmente, con carácter de declaración jurada, el detalle de los pasivos de los contratos discriminando los siguientes conceptos:
a) nominados en moneda pesos o de curso legal.
b) nominados en moneda extranjera y pagaderos en moneda extranjera.
c) nominados en moneda extranjera y pagaderos en pesos.
La información debe ser presentarse dentro de los siguientes CINCO (5) días hábiles al cierre de cada mes.”
Esta nueva imposición aparece después de la muy criticada resolución de la CNV, de septiembre de este año, que obligó a los fondos comunes de inversión a valuar en pesos al tipo de cambio oficial los bonos en dólares que tenían en sus carteras para desalentar la operatoria con dólares llamado contado con liquidación.
Consultadas algunas empresas del sector, prefirieron guardar silencio a la espera de la reunión de las 13.30 a las que fueron convocadas por la superintendencia de seguros. Un evento de todo el sector latinoamericano en Chile encontró a muchos ejecutivos fuera del país.
La medida impacta sobre las 183 compañías del sector. Persisten dudas ya que muchas firmas deben apalancarse en dólares para poder dar cobertura de seguro en esa misma moneda. La obligación de vender el excedente de divisas impacta más sobre las aseguradoras especializadas en la industria y la aeronavegación.
Finalmente la superintendecia obliga a las compañías de seguro a vender bonos en dólares!
— Fausto Spotorno (@fspotorno) octubre 27, 2015