El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la AGIP, publicó la escala ´para los contribuyentes al régimen del Monotributo Unificado que regirá desde el 1° de enero de 2026.
Aplica para los contribuyentes porteños adheridos al Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (IIBB).
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Los nuevos valores fueron dispuestos en la resolución 543 de la AGIP, publicada en el Boletín Oficial porteño. En el anexo de la normativa, se establece una nueva escala de importes mensuales por categoría, reemplazando los valores bimestrales vigentes.
En octubre de 2025, la Ciudad de Buenos Aires se incorporó al Monotributo Unificado nacional, un régimen que integra en un solo pago las cargas nacionales y locales. Además, elimina la obligación de presentar la declaración jurada mensual y anual de Ingresos Brutos.
Monotributo Unificado: cómo quedan las cuotas para los porteños desde el 1° de enero de 2026
Desde enero de 2026, los contribuyentes del Monotributo Unificado -que cuenten con domicilio en CABA- deberán abonar las siguientes cuotas:
- Categoría A: $22.485.
- Categoría B: $32.940.
- Categoría C: $46.185
- Categoría D: $57.340.
- Categoría E: $67.445.
- Categoría F: $84.525.
- Categoría G: $101.080.
- Categoría H: $171.665.
- Categoría I: $171.665.
- Categoría J: $196.585.
- Categoría K: $237.015.

Este régimen permite el cobro del Monotributo nacional con la cuota mensual del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos (RSIB) de la Ciudad de Buenos Aires. Ambas obligaciones vencen el día 20 de cada mes.
Qué es el Monotributo Unificado
El monotributo unificado agrupa trámites nacionales y provinciales para el pago de impuestos con el fin de reducir la carga administrativa.
Se paga una cuota mensual fija y no aplica retenciones en cuentas bancarias ni en tarjetas de débito y crédito. Además, elimina la obligación de presentar la declaración jurada mensual y anual de IIBB.
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Este sistema permite abonar en un solo pago:
- El impuesto integrado;
- Los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y, de corresponder, al Sistema Nacional del Seguro de Salud;
- El impuesto sobre los Ingresos Brutos del Régimen Simplificado Provincial;
- La contribución que incide sobre la actividad comercial, industrial y de servicios, siempre que el municipio o comuna haya celebrado con la Provincia un convenio de colaboración para la recaudación de dicho tributo.



