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    ARCA modificó el régimen del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores registrados: todas las claves

    El organismo aplicó cambios en la liquidación anual y simplificó el régimen. Cuáles son los principales cambios que hay que tener en cuenta.

    30 de abril 2025, 11:17hs
    Los cinco cambios que aplicó ARCA en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales (Foto: ARCA)
    Los cinco cambios que aplicó ARCA en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales (Foto: ARCA)
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    La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) introdujo modificaciones en el régimen de retención del impuesto a las Ganancias para trabajadores en relación de dependencia. A su vez, postergó hasta el 9 de mayo para informar deducciones del período fiscal 2024.

    El organismo aplicó cambios en la liquidación anual y apunta a modernizar el régimen, sumar opciones que simplifiquen el cumplimiento y adecuar los parámetros patrimoniales. La medida se formalizó en la resolución 5683, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

    Leé también: El Gobierno oficializó los aumentos mensuales para las tarifas de luz y gas que regirán hasta 2027

    Además, mediante la resolución 5681, el organismo redujo el porcentaje del pago a cuenta obligatorio para planes por deuda de impuestos anuales que permitirá financiar una mayor parte del monto adeudado.

    Para los pequeños contribuyentes; micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro el pago a cuenta pasó de 25% a 17%. Este cambio entrará en vigencia el 1° de mayo.

    Los cinco cambios que aplicó ARCA en los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales

    A partir de las modificaciones que aplicó ARCA en la resolución 5683, Sebastián Domínguez, ceo de SDC Consultores Tributarios, enumeró los principales cambios a tener en cuenta en el régimen de Ganancias y Bienes Personales:

    1. Nuevo procedimiento para ingresar al impuesto no retenido. Cuando el empleador no practique la retención total del impuesto, el beneficiario podrá ingresar el saldo no retenido mediante un Volante Electrónico de Pago (VEP), sin necesidad de inscribirse ni presentar la determinación anual del impuesto.
    2. Las tres formas para inscribirse a Ganancias. La primera es la inscripción y presentación de la Declaración Jurada, cuando el empleador no practique la retención total del impuesto correspondiente al período fiscal. La segunda es cuando el trabajador desee incorporar una deducción, por lo que presentará la DDJJ. Y por último, es el procedimiento simplificado, cuando la empresa no retiene totalmente y el empleado ingresa la diferencia mediante un VEP.
    3. Los beneficiarios de rentas brutas gravadas, exentas y no gravadas iguales o superiores a $150.000.000 deberán presentar la DDJJ informativa de bienes personales al 31 de diciembre de cada año. Dicho monto se ajustará anualmente según el IPC correspondientes a octubre del año previo.
    4. Los empleados que hayan adherido al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) quedan exceptuados de la obligación de presentar declaración jurada informativa del tributo entre los períodos fiscales 2024 y 2027.
    5. Cambios en la presentación anual ante ARCA. Para el empleador será obligatorio presentar la liquidación anual ante el organismo si las rentas brutas del período fiscal son comparables o superiores al total de las deducciones admitidas.
    Los cinco cambios que aplicó ARCA en el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales (Foto: Ilustrativa/Pexels)
    Los cinco cambios que aplicó ARCA en el impuesto a las Ganancias y Bienes Personales (Foto: Ilustrativa/Pexels)

    ARCA además informó que la liquidación anual correspondiente al período fiscal 2024 podrá presentarse hasta el 9 de mayo de 2025, inclusive. El impuesto a ingresar o reintegrar se aplicará con el primer pago posterior al 30 de abril.

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