La Justicia federal de La Plata determinó hoy que el Directorio del Banco Nación no puede avanzar en la transformación del banco en una sociedad anónima ni en ningún intento de privatización, ya que estos temas solo pueden ser discutidos en el ámbito del Congreso.
Esta decisión se suma a la reciente resolución que frena la intención del Gobierno de que la entidad bancaria pase a manos privadas, indicando que el Ejecutivo no puede eludir la necesidad de una ley para proceder con este tipo de cambios.
Este fallo contra el mega DNU 70/2023 y la Resolución 348 del Directorio del Banco Nación constituye un primer tope para un proceso que se había iniciado de forma paralela dentro de la institución pública bancaria pese a que tanto el BNA como sus empresas habían sido removidos de la lista de firmas estatales a privatizar en la Ley Bases durante su tratamiento.
En rigor, con la firma del juez Alejo Ramos Padilla, el fallo determina que el DNU 70/23 y la Resolución 348 del Directorio del BNA no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad bancaria” y remarca que dicho proceso “solo puede llevarse adelante mediante una ley formal dictada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional”.
Como resultado de la solicitud de una medida cautelar, indica el texto, se declara “ABSTRACTA la cuestión planteada entre las partes por los argumentos presentados”. Esto se refiere al litigio impulsado por un grupo de trabajadores del banco, representados por el abogado Jerónimo Guerrero Iraola, que discutió sus posiciones con los abogados de la Procuración del Tesoro, encabezados por Rodolfo Barra, así como con los representantes legales de la entidad.
“En el día de hoy la Justicia Federal de La Plata resolvió que el Directorio del BNA no puede avanzar ni en transformar en S.A., ni en ningún intento privatizador, porque solo podrá ser tratado en el ámbito del Congreso. Gracias a los compañeros y abogados que llevaron adelante la demanda“, escribió en sus redes sociales el secretario general de la Asociación Bancaria, Sergio Palazzo.
En la resolución judicial, se tuvo en cuenta la sanción de la Ley 27.742 (Ley de Bases), que en su proyecto original declaraba al Banco Nación como una de las empresas estatales sujeta a privatización. Sin embargo, y tras numerosas idas y vueltas, finalmente el BNA fue quitado de la lista promovida por el oficialismo.
El juez sostuvo que “se evidencia entonces la voluntad del Congreso Nacional y de ambas Cámaras, al sancionar la ley de excluir al Banco de la Nación Argentina como entidad sujeta a privatización, producto de un debate generado en el ámbito político adecuado con intervención de múltiples actores y que excede la revisión judicial”.
Asimismo, en los fundamentos, Padilla remarcó nuevamente que en el texto constitucional de la nación, la creación del Banco de la Nación Argentina le compete al Congreso Nacional. De esta manera, el Poder Legislativo es el único que tiene la facultad de revocar dicho carácter.