El programa oficial de devolución del IVA reintegra el 21% al comprar productos de la canasta básica a un grupo de personas, según su nivel de ingresos. Para acceder al reembolso, los beneficiarios del programa deben abonar con tarjeta de débito. En caso que algún comercio rechace los pagos con débito, el consumidor puede hacer una denuncia ante la AFIP porque tienen la obligación de aceptar este medio de pago.
Los locales deben exhibir el “Formulario 960 – Data fiscal” en un lugar visible como la vidriera o la caja. Además, las terminales POS deberán admitir plásticos de todas las redes.
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Por su parte, el programa “Compre sin IVA” brinda un reintegro de hasta $18.800 mensuales, que será acreditado de forma automática en la cuenta bancaria donde la persona percibe sus ingresos, asignación, pensión o jubilación. La devolución puede tardar hasta 48 horas después de la compra.
Qué es el formulario de Data Fiscal y qué datos debe tener
El formulario 960/D – Data Fiscal tiene datos sobre el comercio y un código QR que al escanearlo con un celular, se accede a la información fiscal del comercio. El papel debe estar colocado en lugar visible, como la vidriera y tiene que contener:
- Datos del comerciante.
- Las formas de pago que acepta el comercio.
- El código QR.
Paso a paso, qué hacer si un comercio no acepta pagos con débito
Si en un comercio no cuenta con un posnet para cobro con tarjeta de débito, el cliente puede realizar una denuncia en simples pasos ante la AFIP.
- Escanear con tu dispositivo el código QR que figura en el “Formulario 960 – Data fiscal” del local.
- Una vez escaneado, el cliente accederá a la información fiscal del local para realizar la denuncia.
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Existen otras opciones para denunciar un comercio:
- Ingresar al la web de AFIP, en el sitio de denuncias y cargar el CUIT del comercio.
- O, por teléfono al 0800-999-3368.
Qué comercios tienen la obligación de aceptar pagos con tarjeta de débito
Según la AFIP, los comercios tienen que aceptar tarjetas de débito, prepagas no bancarias u otros medios equivalentes a través de terminales POS en caso de:
- Vendan bienes para consumo final.
- Presten servicios de consumo masivo.
- Realicen obras.
- Alquilen cosas muebles.
Por su parte, el ente regulador indica que están exceptuados cuando:
- El importe de la operación sea inferior a $100.
- La actividad se desarrolle en localidades con una población menor a 1000 habitantes.