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    El gobierno bonaerense asistirá a los arrendatarios de campos declarados en “emergencia agropecuaria”

    En forma segmentada según la escala y hasta un tope máximo de hectáreas en producción, la ayuda económica a los productores que alquilan establecimientos se calculará de un modo similar a como se aplica sobre los dueños de tierras.

    04 de julio 2023, 21:37hs
    Un lote de soja afectada por la sequía en la localidad bonaerense de Pergamino. (Foto: Luciana Salaberría)
    Un lote de soja afectada por la sequía en la localidad bonaerense de Pergamino. (Foto: Luciana Salaberría)

    El gobierno bonaerense lanzó una iniciativa para ayudar a los productores agropecuarios que alquilan campos y se encuentren declarados en “emergencia” por las inclemencias climáticas.

    Se trata del “Programa de Recuperación Productiva para Arrendatarios”, impulsado por el ministerio provincial de Desarrollo Agrario con el objetivo de asistir a productores bonaerenses que arriendan campos y que estén declarados en “emergencia y/o desastre agropecuario” en los términos de la Ley N° 10.390 y modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 7282/86.

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    El programa brinda una asistencia económica a los productores bonaerenses arrendatarios, en forma segmentada según la escala y hasta un tope máximo de hectáreas en producción.

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    La misma se calculará en línea con lo que aplica la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) a un productor que es propietario de las tierras. En ese sentido, el aporte no reintegrable se calculará de acuerdo a fórmulas porcentuales del impuesto inmobiliario rural con un índice de afectación (IA) por el monto correspondiente al inmobiliario rural para el período comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de octubre de 2023.

    Al plantearse desde noviembre que para las líneas de financiamiento no era necesario presentar el certificado de emergencia agropecuaria, sino estar en un distrito declarado en esa situación, se les otorgó a los productores que son arrendatarios la posibilidad de acceder a esos créditos especiales.

    El ministro de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, Javier Rodríguez, destacó la ayuda brindada a los productores agropecuarios. (Foto: Candelaria Lagos para Télam)
    El ministro de Desarrollo Agrario de la provincia de Buenos Aires, Javier Rodríguez, destacó la ayuda brindada a los productores agropecuarios. (Foto: Candelaria Lagos para Télam)

    Ahora, con este nuevo programa, desde la cartera se les brinda un beneficio adicional para su recuperación, que los equipara con los beneficios fiscales que reciben los propietarios.

    “Es la primera vez que el Gobierno de la provincia de Buenos Aires lleva a cabo una acción de este tipo, destinada a beneficiar a las productoras y productores arrendatarios cuyas producciones se hayan visto afectadas por la emergencia”, remarcó el ministro Javier Rodríguez.

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    En el transcurso de este año, el gobierno de la provincia de Buenos Aires ha declarado el estado de “emergencia agropecuaria” en 90 municipios.

    El promedio de los últimos 3 años muestra que 1 de cada 4 productores declarados en “Emergencia y/o Desastre Agropecuario” son arrendatarios de los inmuebles que producen, representando en el 2023 un 37% de la totalidad de las hectáreas declaradas en esa situación.

    Cómo se implementará la ayuda del gobierno bonaerense

    En el marco de esta nueva iniciativa, los beneficiarios recibirán como incentivo un aporte no reintegrable en función de la superficie arrendada, el porcentaje de afectación y el impuesto inmobiliario rural correspondiente a ese período.

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    Para afectaciones superiores al 80%, el índice de superficie/afectación se calculará de acuerdo a la siguiente escala: hasta 100 hectáreas, el IA será de 1; entre 101 y 200 ha, 0.8: entre 201 y 600 ha, 0.6; entre 601 y 1000 ha, 0.4.

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    En tanto, para afectaciones de entre 50% y 80%, el beneficio que se implementará tendiente a asemejar los efectos de la prórroga tendrá la siguiente escala: hasta 100 hectáreas, el IA será de 0.3; entre 101 y 200 ha, 0.24; entre 201 y 600 ha, 0.18; entre 601 y 1000 ha, 0.12.

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