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    Los papeles del auto que no te pueden faltar en un control de tránsito

    Antes de arrancar, chequeá si tenés la documentación obligatoria al día. De lo contrario, podrías recibir una multa.

    05 de julio 2023, 00:48hs
    Control de tránsito: Foto ASNV.
    Control de tránsito: Foto ASNV.

    Para poder circular en todo el país de forma segura y responsable es imprescindible chequear no sólo que el auto en condiciones (monitorear el aire de las cubiertas, recargar el agua y cambiar el aceite) sino también tener la documentación al día.

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    La Ley de Tránsito N° 24.449, en su artículo 40, determina cuáles son los requisitos para circular. La autoridad nacional que rige y debe hacerla cumplir es la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ASNV).

    En cualquier control de tránsito te pueden solicitar la documentación. Foto: GCBA.
    En cualquier control de tránsito te pueden solicitar la documentación. Foto: GCBA.

    Tener los papeles al día y los elementos básicos de seguridad en el auto nos permitirá poder circular con tranquilidad por todo el país y no tener problemas y evitar recibir alguna potencial multa en los controles de tránsito. Además, cumplir con los requisitos técnicos y legales nos permitirá preservar la vida propia, la de los acompañantes e incluso la de terceros.

    En diferentes puntos de la Ciudad de Buenos Aires los controles de documentación vehicular son habituales (Foto: Gobierno de la Ciudad).
    En diferentes puntos de la Ciudad de Buenos Aires los controles de documentación vehicular son habituales (Foto: Gobierno de la Ciudad).

    ¿Cuál es la documentación obligatoria para circular?

    La Agencia Nacional de Seguridad Vial informa que los requisitos legales son los siguientes:

    • Licencia de conducir con fecha vigente.
    • Documento Nacional de Identidad (DNI).
    • Cédula Verde o Azul (si no sos el titular del vehículo).
    • Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Revisión Técnica Obligatoria (RTO) vigente.
    • Comprobante de la póliza de seguro.
    • Comprobante de pago de la patente.
    • Comprobante y oblea vigente para el caso de vehículos que posean GNC.
    • Ambas chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
    • Para los vehículos radicados en CABA y Provincia de Buenos Aires, se controlará el cumplimiento de la obligación de grabado de autopartes, dispuesto por las leyes locales.
    Licencia de conducir digital. Foto: ANSV.
    Licencia de conducir digital. Foto: ANSV.

    La ASNV determina que éstos son los requisitos técnicos obligatorios de un vehículo para poder circular:

    • Matafuego. Debe estar con su carga vigente, fijo dentro del habitáculo y al alcance del conductor.
    • Patentes. Tanto la chapa frontar como la trasera deben estar bien visibles, legibles y sin alteraciones.
    • Espejos retrovisores. Es obligatorio tener uno de cada lado del vehículo.
    • Cinturones de seguridad. Debe haber uno disponible por cada persona que viaje en el vehículo y todos, tanto los frontales como los traseros, deben ser utilizados en todo momento.
    • Balizas portátiles normalizadas.
    • El caso particular de las sillas para chicos. Si alguno de los ocupantes del auto es un bebe o niño de hasta 10 años, por ley, deben ir en un asiento especial homologado que se llama Sistema de Retención Infantil.
    Sistema de retención infantil Foto: Argentina.gob.ar.
    Sistema de retención infantil Foto: Argentina.gob.ar.

    En caso de emergencia, la ANSV sugiere tener estos elementos a bordo:

    • Rueda de auxilio inflada.
    • Crique o gato hidraulico.
    • Llave de ajuste (llave cruz).
    • Chaleco reflectivo.
    • Botiquín de primeros auxilios.
    Elementos de emergencia para tener a bordo. Foto: Autofact.cl
    Elementos de emergencia para tener a bordo. Foto: Autofact.cl

    Finalmente, la Ley de Tránsito N° 24.449 en su artículo 83 determina que hay cuatro posibles sanciones para quienes no cumplan con los requisitos obligatorios: arresto, inhabilitación para conducir vehículos o determinada categoría de ellos en cuyo caso se debe retener la licencia habilitante; multa o concurrencia a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública. Esta sanción puede ser aplicada como alternativa de la multa. En tal caso la aprobación del curso redime de ella, en cambio su incumplimiento triplicará la sanción de multa.

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